16 enero 2024 | 09:24 am Por: Redacción

Modificación de Ley forestal salvaría 80% de empleos del agro, 5% del PBI y cerca de US$ 8.000 millones de agroexportaciones

Modificación de Ley forestal salvaría 80% de empleos del agro, 5% del PBI y cerca de US$ 8.000 millones de agroexportaciones
La Ley 31973 es un llamado urgente a la acción para garantizar la seguridad alimentaria, el bienestar social y la sostenibilidad en el Perú. Según el Instituto Crecer, si no se hubiera aprobado, se corría el riesgo de profundizar la crisis económica y social del país, incrementándose las actividades ilegales, en especial en la Amazonía.

Por: Juan Manuel Benites Ramos, exministro de Agricultura y presidente ejecutivo en Instituto CRECER

(Agraria.pe) Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), la pobreza en el país ha aumentado del 25 al 33%, siendo la población rural la más afectada, abarcando un 45%. Estudios del Banco Mundial indican que 3 de cada 10 peruanos viven por debajo de la línea de pobreza y un 37.7% de la población estaría en riesgo de caer en esta situación. Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) ha elevado una alerta indicando que más de la mitad de la población peruana está en situación de inseguridad alimentaria. No debemos olvidar que el 70% de lo que consumen los peruanos diariamente proviene de su propia agricultura.

A estas alarmantes cifras, debemos sumar que la actividad agraria peruana, que representa casi el 25% del empleo nacional, estaría amenazada por la entrada en vigencia de un nuevo reglamento de gestión ambiental del sector agrario (REGASA) que, debido al mandato de la ley forestal anterior, obligaría a todas las unidades productivas agrarias del país a demostrarle al Estado que está produciendo sobre suelos agrícolas (pese a que lleva muchísimos años produciendo en ellos) y que, si en el pasado hubo cobertura boscosa en su predio, deberá presentar una autorización de cambio de uso de suelo (a pesar de que los lineamientos para realizar este cambio fueron aprobados en el 2022).

Cabe mencionar que, según datos del propio Midagri, sólo el 16% del agro del país se ubicaría en el lugar adecuado para ejercer la agricultura. Este estudio está basado en una metodología arcaica usada en los 70´s, a pesar de que la tecnología de hoy permite cultivar hasta en los desiertos. Sólo 157.000 hectáreas en todo el país tendrían estudios de suelos al nivel de detalle que manda la norma y cerca de 12.000 hectáreas habrían tramitado su autorización de cambio de uso.

En resumen, toda la agricultura del Perú sería ilegal o informal, si se aplica la norma que no reconoce que ha sido el propio Estado el que ha promovido la ampliación de la frontera agraria. Entonces, es el Estado el que ha incumplido la ley entregando derechos, dando asistencia técnica, entregando créditos, entre otros apoyos a los agricultores. Ahora, pretende desconocer dichas acciones pasándole la responsabilidad al agricultor, imponiéndole trámites y costos que no todos pueden pagar.

A eso se sumaría la nueva regulación de la Unión Europea, que prohíbe la comercialización de productos asociados a la deforestación y al cumplimiento estricto de la normativa nacional. Esto podría reducir las exportaciones en cerca de US$ 700 millones, afectando especialmente a la Amazonía, que exporta alrededor de US$ 1.300 millones, con el 50% destinado a la UE. No obstante, al entrar en vigencia el REGASA, todos los demás productos, incluso los de consumo interno, deberán pasar por el proceso de certificación ambiental, el cual tampoco podrán cumplir los agricultores y estarían sujetos a multas, cierre de operaciones y hasta podrían terminar en la cárcel si se aplicase el código penal.

La Ley 31973 busca abordar esta crisis, reconociendo la realidad de la agricultura nacional que debe ir progresivamente integrándose a las buenas prácticas de sostenibilidad, y permitir a los agricultores continuar su actividad. Asimismo, establece una fecha de corte para el reconocimiento del uso actual de tierras para cultivos en limpio o permanentes. Además, excluye la tierra que aún tiene cobertura boscosa.

Es importante aclarar que la Ley 31973 no asigna derechos de propiedad, sólo reconoce el uso actual del suelo a quienes ya tienen un derecho real asignado por el Estado, por lo que no se puede decir que se pueda aplicar para dirimir conflictos de posesión en tierras de terceros. Tampoco cambia el código penal, por lo tanto, no afectaría los casos en curso y, al generar formalidad, se convertiría en un disuasivo para la proliferación de actividades ilegales.

Esta ley fue aprobada por el pedido y soporte incansable de los agricultores de la Federación Nacional de Cafetaleros y Agricultores del Perú (FENCAAP), la Asociación Peruana de Productores de Cacao (APP Cacao), la Junta Nacional del Café (JNC), la Junta Nacional de Palma Aceitera del Perú (Junpalma), Organizaciones indígenas de productores agrarios de la Selva Central y Ucayali, la Asociación de Exportadores (ADEX), la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), la Asociación de Gremios Productores Agrarios del Perú (AGAP), la Asociación Peruana de Avicultura (APA), la Asociación Peruana de Agroindustriales del Azúcar y Derivados (Perú Cañas), la Cámara de Comercio Americana del Perú (AMCHAM) y la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), gremios que han unido a todos los agricultores del país.

 

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