17 diciembre 2020 | 02:38 pm Por: José Carlos León Carrasco | jcleon@agraria.pe

Señaló el consultor en Agronegocios, Ing. Ángel Manero, sobre propuesta de nueva Ley Agraria

Ni Cuba tiene algo parecido

Ni Cuba tiene algo parecido
El costo de mano de obra en una empresa agroexportadora o agroindustrial representa en promedio el 50% del costo de producción, el costo de producción representa en promedio el 70% de las ventas; es decir, elevar en 25% el costo de producción equivale a elevar los costos en 8.75% de las ventas. La utilidad neta de una empresa agroexportadora o agroindustrial promedio va del 9 al 15% de las ventas; de modo que solo este sobrecosto se lleva casi toda la utilidad de la empresa y en muchos casos las dejará en pérdida.

(Agraria.pe) La comisión multipartidaria del Congreso de la República ha definido su propuesta sobre la nueva ley agraria que busca regular la relación laboral y el régimen tributario de las empresas agroexportadoras y agroindustriales. Sobre esto Agraria.pe conversó con el consultor en Agronegocios, Ing. Angel Manero, que como se recuerda, fue uno de los promotores para que la derogada Ley de Promoción Agraria tenga más beneficios para el trabajador.

¿Ing. Manero, qué aspectos positivos encuentra en la propuesta de ley?

Creo que es bueno enfatizar que las empresas deban mejorar condiciones para el trabajador como la alimentación, traslado, lactarios, servicios higiénicos, equipo de protección etc. Y vinculado a ello, la necesaria fiscalización para que esto se cumpla; caso contrario, solo se estaría dando un sobrecosto a la empresa formal y dándole más “ventaja competitiva” a la empresa informal.

¿Qué negativo le encuentra?

Pagar 25% adicional por el tiempo de transporte es lo más complicado, es decir no solo se debe movilizar al trabajador desde y hasta su lugar de residencia, sino que se le debe pagar el tiempo de viaje.  Esto es algo que no se da en nuestros países competidores, ni siquiera un país como Cuba lo tiene.

Pero el tema de fondo es que el costo de mano de obra en una empresa agroexportadora o agroindustrial representa en promedio el 50% del costo de producción, el costo de producción representa en promedio el 70% de las ventas; es decir, elevar en 25% el costo de producción equivale a elevar los costos en 8.75% de las ventas. La utilidad neta de una empresa agroexportadora o agroindustrial promedio va del 9 al 15% de las ventas; de modo que solo este sobrecosto se lleva casi toda la utilidad de la empresa y en muchos casos las dejará en pérdida.

Si a lo anterior, le agregas que la propuesta de ley define el cálculo de la remuneración diaria básica dividiendo 1.25 veces la RMV (RMV: sueldo mínimo) entre 25; cuando debiera ser dividir una (01) RMV entre 30; dado que el personal trabaja 26 días y se les paga los 4 domingos sin trabajar. Esto genera un sobrecosto artificial de 16.6% de la planilla equivalente al 5.8% de las ventas solo por la forma de cálculo.

También se inventa absurdamente un bono de productividad vinculado al crecimiento del PBI agroindustrial, cuando los trabajadores por ley acceden al beneficio de reparto de utilidades; y complementariamente, los bonos de productividad corresponden a una política interna de la empresa que premia el desempeño individual de cada trabajador.

Además, la obligación de poner guarderías debido al inmenso número de mujeres que laboran en estas empresas es complicado. Esto en la práctica disminuiría la contratación de mujeres en el sector rural.

¿Qué impacto tendría esta propuesta de ley?

En la antigua Ley de Promoción Agraria una empresa debía acogerse al régimen en enero de cada año, y lo hacía porque había condiciones que la beneficiaban. Ahora bajo esta propuesta de ley, las empresas preferirían no acogerse; es decir si fuera opcional el acogimiento no habría problema.

Sin embargo, tal como está redactado el proyecto de ley, las empresas obligatoriamente serán regidas por esta regulación: con estos sobrecostos laborales no habrá utilidad y de nada sirve tener el beneficio de pagar menos impuesto a la renta por algunos años.

Este proyecto es destructivo para las inversiones y genera una distorsión tremenda. El proyecto no regula a las empresas de harinas, aceites y de cerveza; tampoco a las que se ubican en Lima y Callao; es decir, las empresas que se ubiquen en Lima y Callao y las empresas importadoras de insumos agrícolas (trigo, soya y cebada) ahora tendrán condiciones más ventajosas que las empresas agroexportadoras o agroindustriales que generan desarrollo en las provincias del país.

Esta propuesta de ley disminuirá la tendencia de contratar más personal cada año, lo cual hará que los salarios no mejoren. Las empresas se verán obligadas a automatizar muchos de los procesos en campo y planta para no depender de la costosa mano de obra como sucede en los países desarrollados.

Pasaremos a un escenario donde los salarios sectoriales se determinan por ley, lo cual politiza algo que debe ser tratado muy técnicamente. Los salarios se convierten ahora en promesa electoral.

¿Qué alternativas habían?

El Estado puede beneficiar salarialmente al trabajador sin generar distorsiones a la competitividad del país. En parte, subiendo el sueldo mínimo a todos los trabajadores del Perú (de 930 a 1.080 soles/mes) y aumentando la repartición de utilidades. Era posible subir el porcentaje de participación de los trabajadores tal como se propuso aquí:
https://agraria.pe/columna/nueva-ley-de-promocion-agraria-23163

El pleno del Congreso debe hacer ajustes; caso contrario éste será otro ejemplo de cómo el Estado intervino para mal.

 

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