(Agraria.pe) El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) publicó este domingo 3 de mayo en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 0108-2020, en la que admite entre las actividades indispensables a las consideradas esenciales -y por lo tanto no afectadas por el Estado de Emergencia Nacional- a la producción, acopio, transporte, adquisición, abastecimiento y venta de flores y plantas ornamentales.
Asimismo, se incluye el abastecimiento y distribución para la venta y abastecimiento a los principales mercados mayoristas del rubro y florería que tengan la condición de empresa formal y realicen reparto a domicilio. Se excluye del beneficio a la venta ambulatoria.
Cabe recordar que el pasado 29 de mayo, en declaraciones para Agraria.pe, Luisa Macavilca, representante del gremio de productores de los Mercados de Flores de Lima, advirtió que para este rubro (paralizado desde el inicio de la cuarentena obligatoria) la celebración del Día de la Madre que se avecina representa el 60% del valor comercial de todo el año.
La vocera informó entonces que los centros de abastos habían coordinado ya todos los protocolos y dispositivos para que la venta de flores cumpla los requisitos sanitarios así como el distanciamiento social que la emergencia exige.
Afectación a pequeños productores
El Minagri reconoce en el documento que la floricultura o cultivo de flores es una actividad desarrollada por pequeños productores ubicados principalmente en los departamentos de Junín, Cajamarca, Huánuco, Lima Provincias, Áncash, Ica, Arequipa, Cusco y San Martín.
“Forma parte de la agricultura familiar y es generadora de puestos de trabajo rural permanente a lo largo de su cadena de valor, desde las diferentes etapas de la producción, comercio, transporte, distribución mayorista y minorista, florerías, decoradores, paisajistas hasta su consumo final”, agrega.
También cita un informe de la Dirección General Agrícola donde apunta que la floricultura nacional se ha visto afectada con pérdidas que se incrementan significativamente, con tendencia a agravarse al no poder comercializar la producción programada, en espacial para la campaña del Día de la Madre por el Estado de Emergencia Nacional derivado de la pandemia del Covid-19.
Como condición para el beneficio, la resolución pide que los productores y empresas actúen observando dos condiciones básicas: operar con el personal mínimo indispensable, y cumplir con el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud y el protocolo del sector para el Covid-19 aprobado mediante Resolución Ministerial N° 094-2020-Minagri, para prevenir, contener y mitigar el contagio del Covid-19.
ADEX apoya la medida
Por su parte, el Comité de Flores de ADEX ponderó la decisión del Minagri. El presidente del gremio empresarial, Erik Fischer, sostuvo que se trata de “una rápida respuesta y luego de escuchar el pedido del Comité de Flores de ADEX para permitir la comercialización local para la campaña del Día de la Madre”.
La semana pasada esta institución había hecho llegar al Minagri un pedido para autorizar la venta por delivery para reducir pérdidas causadas por el aislamiento social.
Todos los años la venta de flores llega a su punto más alto el Día de la Madre durante el mes de abril, un impulso que este año se ha perdido por la coyuntura que obligó a las empresas a desestimar los pedidos.
ADEX detalló que en marzo último, la exportación de flores y follaje sumó solo US$ 141.412, lo que significó una caída de -67% respecto al mismo mes del año pasado. El destino principal de estos despachos fue Estados Unidos (-66%).