(Agraria.pe) El comercio de alimentos entre Perú y Argentina sigue dinamizándose. El lunes pasado, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) informó que los productores peruanos de uva de mesa y cítricos iniciarán este año las exportaciones de las mencionadas frutas a dicho mercado.
Asimismo, ayer, el diario oficial El Peruano, publicó las resoluciones directorales que permiten a nuestro país importar cítricos (naranja agria, naranja dulce, mandarina, toronja y limón real) y nuez de nogal, de origen y procedencia de la República Argentina.
Nuez de nogal
A través de la Resolución Directoral Nº 0004-2021-Midagri-Senasa-DSV, se establecieron los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de nuez de nogal (Juglans regia) de origen y procedencia de la República Argentina.
El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia. El área de empaque deberá mantener las condiciones de resguardo fitosanitario.
El envío deberá estar acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen y procedencia, en el que se consigne que el producto esté libre de Amyelois transitella y Apomyelois ceratoniae.
El tratamiento de fumigación pre embarque con: Bromuro de metilo (utilizar una de las siguientes dosis: 40 gr/m³/2.5h/Tº mayores o iguales a 26.5 °C; 48 gr/m³/12.5/Tº de 21 a 26.5 °C; 48 gr/m³/3h/Tº de 15.5 a 20.9 °C; 48 gr/m³/3.5h/Tº de 10 a 15.4 °C; 48 gr/m³/4h/Tº de 4.5 a 9.9 °C), o Fosfina (utilizar una de las siguientes dosis: 2.5 gr/m³/4h/Tº mayores o iguales a 26 °C; 2.5 gr/m³/5h/Tº de 21 a 25 °C; 2.5 gr/m³/6h/Tº de 16 a 20 °C; 2.5 gr/m³/7h/Tº de 12 a 15 °C).
Asimismo, el envío tratado debe mantenerse en condiciones de resguardo para conservar su categoría fitosanitaria, hasta su arribo a Perú. Los envases serán nuevos y de primer uso, cerrados y resistentes al manipuleo, libre de material extraño al producto y debidamente rotulado con el nombre del producto y del exportador. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
Cítricos (naranja agria, naranja dulce, mandarina, toronja y limón real)
Por su parte, la Resolución Directoral Nº 0005-2021-Midagri-Senasa-DSV, establece los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de frutas de cítricos de naranja agria (Citrus x aurantium), naranja dulce (Citrus sinensis), mandarina (Citrus reticulata), toronja (Citrus paradisi) y limón real (Citrus limon) de origen y procedencia de la República Argentina.
Para frutas de naranja agria, naranja dulce, mandarina y toronja:
lugares de producción, plantas procesadoras y empacadoras de cítricos deberán estar registradas y autorizadas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de la República Argentina antes de dar inicio a la temporada de exportación. Los registros deberán ser informados al Senasa de Perú antes del embarque de los envíos hacia el país, aceptándose las actualizaciones de estos registros durante la campaña de exportación. Los lugares de producción deberán estar bajo un monitoreo oficial de Xanthomonas axonopodis pv. Citri, Guignardia citricarpa y Elsinoe australis.
La fruta de cítricos caída no se incluirá en los contenedores de campo con la fruta cosechada para la exportación hacia Perú. La fruta para exportación no deberá presentar daño, manchas o lesiones, raspadura, abolladura, ablandamiento, herida o corte. La fruta pasará por un proceso de poscosecha que incluirá lavado, cepillado e inmersión en desinfectante y finalmente sumergido en una mezcla de cera y fungicida.
El área de empaque (incluyendo el almacén, las salas de mantenimiento y las áreas de carga) y sus alrededores deberán estar libres de fruta de descarte y cualquier otra materia que pudiera ser fuente de infestación de plagas.
La fruta de cítricos inspeccionada y certificada por la autoridad fitosanitaria de Argentina no deberá ser mezclada con otras frutas de otros envíos o frutas procedentes de campos no certificados.
La inspección fitosanitaria desarrollada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de Argentina deberá ser llevada a cabo dentro de las áreas de empaque, tomando una muestra representativa del envío, no menos del 2% del total de cajas, a fin de asegurar la no presencia de plagas cuarentenarias para el Perú.
El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa de Perú, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen.
El envío estará acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen, en el que la autoridad fitosanitaria de Argentina consignará lo siguiente: Producto libre de Apomyelois ceratoniae y Cryptoblabes gnidiella. El envío fue sometido al tratamiento de frío, bajo supervisión oficial para el control de Anastrepha fraterculus y Ceratitis capitata. Consignar el número de precinto del contenedor.
Tratamiento en frío con: T107-a-1, con temperatura de 1.11 o por debajo el periodo de exposición será de 15 días consecutivos y con temperatura 1.67 ºC o por debajo el periodo de exposición será de 17 días consecutivos; o con temperatura 2ºC o por debajo el periodo de exposición será de 21 días consecutivos.
Además, debe indicar el tratamiento aplicado y adjuntar la documentación: a) Cuando se realice en tránsito: Indicar data referida a fecha de inicio de tratamiento, temperatura (ºC) y periodo de exposición, adjuntando la información que sustente la ubicación de los sensores, certificado de carga y calibración. b) Cuando se realice en cámara: Indicar periodo de exposición de tratamiento, temperatura (ºC) y adjuntar el certificado de carga, de calibración y de localización de sensores de temperatura para tratamiento de frío.
Los envases serán nuevos y de primer uso, libres de cualquier material extraño al producto, debidamente rotulados en el lado frontal de la caja que permita la identificación del material exportado: “Fruta de nombre comun (Nombre científico) de exportación a Perú; Código/nombre del lugar de producción; Código/nombre de la empacadora”.
El envío estará libre de hojas, pedúnculo (corte al ras), suelo u otro contaminante en cajas de exportación o en los contenedores que lo transporten. Los envíos serán acondicionados en pallets y transportados en contenedores o camiones refrigerados, los que deberán estar limpios y precintados, declarando el número de los precintos en el certificado fitosanitario. En los envíos aéreos, cada caja o pallet estará protegida con mallas inferiores a 1.6 x 1.6 mm de diámetro o cualquier otro material que mitigue el ingreso de plagas posteriores a la certificación, precintándolo y colocando el número en el certificado fitosanitario.
Los pallets deberán estar libres de corteza y deberán cumplir con las regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalaje de madera. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
Para frutas de limón real
Los lugares de producción, plantas procesadoras y empacadoras de cítricos deberán estar registradas y autorizadas por la autoridad fitosanitaria de Argentina antes de dar inicio a la temporada de exportación. Los registros deberán ser informados al Senasa de Perú antes del embarque de los envíos hacia el país, aceptándose las actualizaciones de estos registros durante la campaña de exportación. Los lugares de producción deberán estar bajo un monitoreo oficial de Xanthomonas axonopodis pv. Citri, Guignardia citricarpa y Elsinoe australis.
La fruta de cítricos caída no se incluirá en los contenedores de campo con fruta cosechada para la exportación hacia Perú. La fruta para exportación no deberá presentar daño, manchas o lesiones, raspadura, abolladura, ablandamiento, herida o corte. La fruta pasará por un proceso de poscosecha que incluya lavado, cepillado e inmersión en desinfectante y finalmente sumergido en una mezcla de cera y fungicida.
El área de empaque (incluyendo el almacén, las salas de mantenimiento y las áreas de carga) y sus alrededores deberán estar libres de fruta de descarte y cualquier otra materia que pudiera ser fuente de infestación de plagas.
La fruta de cítricos inspeccionada y certificada por la autoridad fitosanitaria de Argentina no deberá ser mezclada con otras frutas de otros envíos o frutas procedentes de campos no certificados.
La inspección fitosanitaria desarrollada por Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de Argentina deberá ser llevada a cabo dentro de las áreas de empaque, tomando una muestra representativa del envío, no menos del 2% del total de cajas, a fin de asegurar la no presencia de plagas cuarentenarias para la República del Perú.
Para el caso de fruta de limón real (Citrus limon) la cosecha en verde se realizará entre el periodo del 1 de abril al 31 de agosto de cada año. Si se cosechan en amarillo se realizará del 1 de setiembre al 31 de marzo y debe aplicarse el tratamiento en frío. El periodo de cosecha será consignado en el certificado fitosanitario.
El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por la autoridad sanitaria de Argentina, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen.
El envío deberá estar acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen, en el que el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria de Argentina consignará lo siguiente: Producto libre de Apomyelois ceratoniae, Cryptoblabes gnidiella, Anastrepha fraterculus y Ceratitis capitata. Consignar el número de precinto del contenedor. Consignar el periodo de cosecha.
Los envases serán nuevos y de primer uso, libres de cualquier material extraño al producto, debidamente rotulados en el lado frontal de la caja que permita la identificación del material exportado: “Fruta de nombre común (Nombre científico) de exportación a Perú; Código/nombre del lugar de producción; Código/nombre de la empacadora”.
El envío estará libre de hojas, pedúnculo (corte al ras), suelo u otro contaminante en cajas de exportación o en los contenedores que lo transporten.
Los envíos serán acondicionados en pallets y transportados en contenedores o camiones refrigerados, los que deberán estar limpios y precintados, declarando el número de los precintos en el certificado fitosanitario. En los envíos aéreos, cada caja o pallet estará protegida con mallas inferiores a 1.6 x 1.6 mm de diámetro o cualquier otro material que mitigue el ingreso de plagas posterior a la certificación, precintándolo y colocando el número en el certificado fitosanitario.
Los pallets estarán libres de corteza y deberán cumplir con las regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalaje de madera. Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.