09 noviembre 2023 | 09:48 am Por: Redacción

Las advertencias publicitarias se rotulan, según sea el caso, de forma indeleble en las etiquetas y no pueden estar cubiertas de forma total o parcial por ningún otro elemento

Publican ley que refuerza la promoción de la alimentación saludable en niños, niñas y adolescentes

Publican ley que refuerza la promoción de la alimentación saludable en niños, niñas y adolescentes
Norma señala que las advertencias publicitarias son aplicables, según sea el caso, a los alimentos y a las bebidas no alcohólicas que superen los parámetros técnicos establecidos en el reglamento. Mypes podrán usar adhesivos de difícil remoción para advertencias publicitarias en productos.

(Agraria.pe) La Ley 31919 aprobada por el Parlamento que refuerza la promoción de la alimentación saludable en niños, niñas y adolescentes respecto a las advertencias publicitarias en alimentos y bebidas no alcohólicas, fue oficializada ayer en el diario El Peruano.

Mediante la Ley N.º 31919, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, se señala que las advertencias publicitarias son aplicables, según sea el caso, a los alimentos y a las bebidas no alcohólicas que superen los parámetros técnicos establecidos en el reglamento. Las advertencias publicitarias se rotulan, según sea el caso, de forma indeleble en las etiquetas y no pueden estar cubiertas de forma total o parcial  por ningún otro elemento.

Modificaciones:
- Advertencias publicitarias: El artículo 10 de la Ley 30021 es modificado para establecer que en la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas que contengan grasas trans, alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas, se deben incluir advertencias claras y legibles que indiquen lo siguiente:

   - "Alto en (sodio-azúcar-grasas saturadas): evitar su consumo excesivo."

   - "Contiene grasas trans: evitar su consumo."

- Adhesivos de difícil remoción: Se permite el uso de adhesivos de difícil remoción en productos importados y en productos elaborados por micro y pequeñas empresas (Mype) en los cuales las advertencias publicitarias no estén impresas en las etiquetas. Estos adhesivos deben cumplir los estándares de calidad establecidos por el Instituto Nacional de Calidad (Inacal) y no pueden cubrir completamente ni parcialmente otra información al consumidor.

Disposiciones complementarias:
El Instituto Nacional de Calidad (Inacal) elaborará una norma técnica peruana que garantice la difícil remoción de los adhesivos utilizados en la industria de alimentos. Esta norma será emitida en un plazo de doscientos cuarenta días útiles a partir de la entrada en vigor de la Ley.

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, deberá adecuar el Manual de Advertencias Publicitarias, aprobado por el Decreto Supremo 012-2018-SA, a la modificación introducida por esta Ley y emitirá las normas complementarias necesarias para su cumplimiento en un plazo de noventa días calendario.

Los proveedores deberán adecuarse a las modificaciones establecidas en la presente Ley en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario a partir de la entrada en vigencia de la norma técnica peruana de adhesivos para la industria de alimentos emitida por el Inacal.

Esta Ley ha sido reconsiderada y aprobada por el Congreso de la República, tras aceptar las observaciones formuladas por la Presidencia de la República.