29 agosto 2022 | 09:55 am Por: Redacción

Recursos se destinarán a favor de diversos gobiernos regionales

MEF otorga más de S/ 9.9 millones para capacitación de agricultores y la formación de organizaciones agrarias con fines comerciales

MEF otorga más de S/ 9.9 millones para capacitación de agricultores y la formación de organizaciones agrarias con fines comerciales
La cesión de recursos monetarios se hace con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Midagri, en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios.

(Agraria.pe) El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó la transferencia de S/ 9.935.547 a favor de diversos gobiernos regionales para financiar acciones de asistencia técnica y capacitación a hombres del campo para la adopción de paquetes tecnológicos, así como la formación de organizaciones de productores agrarios con fines comerciales.

Mediante decreto supremo (DS) 199-2022 del MEF, se determina que el financiamiento de estas acciones es acorde lo establecido en el “Protocolo para la implementación descentralizada de los servicios de asistencia técnica y capacitación vinculados a las actividades 5006064 y 5006067 del Programa Presupuestal 0121 Mejora de la articulación de Pequeños Productores al Mercado”.

El citado protocolo se aprobó mediante resolución ministerial 150-2022 del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), en el marco del artículo 49 del decreto legislativo (DL) 1440, referido al Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Se establece que la cesión de recursos monetarios se hace con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Midagri, en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios.

El detalle de los recursos autorizados en la transferencia se encuentra en el anexo “Transferencia de partidas a favor de diversos gobiernos regionales”, el cual se publica en los portales institucionales del MEF (www.gob.pe/mef) y del Midagri (www.gob.pe/midagri).

Se estipula que el titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados aprueba la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia de la norma en mención.

Además, los recursos de las transferencias de partidas no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

 

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