13 marzo 2023 | 09:29 am Por: Redacción

A través de la Norte Técnica Peruana “NTP 202.108.2023 Leche y Productos Lácteos. Manjarblanco. Requisitos”

Inacal establece requisitos de calidad para la elaboración del manjarblanco

Inacal establece requisitos de calidad para la elaboración del manjarblanco
Objetivo es estandarizar los procesos de producción e incrementar su comercialización.

(Agraria.pe) Con la finalidad de estandarizar los procesos de producción e incrementar su comercialización, el Instituto Nacional de Calidad (Inacal), organismo adscrito al Ministerio de la Producción, aprobó una nueva Norma Técnica Peruana “NTP 202.108.2023 Leche y Productos Lácteos. Manjarblanco. Requisitos”, que establece los requisitos de calidad que debe cumplir este producto para su elaboración.

“Tenemos 452.000 familias peruanas dedicadas a la producción de leche y derivados, dado que la aplicación de esta norma técnica les permitirá implementar estándares en la elaboración del manjarblanco, logrando además un impacto positivo en la mejora de su economía al comercializar un producto bajo criterios de calidad. También podrán reducir sus costos de producción y obtener un producto idóneo que cumpla con las exigencias de seguridad para ser ofertado tanto en el mercado local como internacional”, indicó Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal.

El manjarblanco es un producto obtenido de la leche o leche reconstituida, por concentración, mediante calor a presión atmosférica en todo o parte del proceso, con o sin adición de sólidos de origen lácteo y/o crema, y adicionado de sacarosa. Además, puede contener otras sustancias alimenticias y aditivos permitidos, hasta alcanzar los requisitos especificados en esta Norma Técnica Peruana.

Requisitos de calidad del manjarblanco
La norma técnica los clasifica en dos tipos: manjarblanco (producto al que se le ha agregado ingredientes como mono o disacáridos, almidones, y grasa vegetal) y manjarblanco saborizado (puede contener cocoa, chocolate, almendras, frutas secas, pulpas de frutas u otros).

Su color podrá variar de crema a castaño acaramelado, mientras que en el caso del manjarblanco saborizado será según su composición.

La consistencia del manjarblanco será cremosa o pastosa y su olor y sabor deberán ser los característicos al producto.

El manjarblanco saborizado podrá ser más firme en el caso de ser destinado a repostería o confitería y para heladería tendrá una consistencia más fluida.

En cuanto a los envases deben ser de materiales adecuados para la conservación y manipuleo del producto. No deben transmitir sabores, colores y olores extraños, y pueden ser de dimensiones y formas variadas, considerando lo establecido por la Autoridad Sanitaria Nacional Competente.

En el etiquetado deberá consignarse la denominación del producto: “Manjarblanco” o “Manjarblanco saborizado”.

Ingredientes recomendados según la NTP 202.108:2023

-  Mono o disacáridos hasta un máximo de 40 % de los azúcares totales.

-  Almidones o almidones modificados hasta un máximo de 0,5 g/100 mL de leche.

-  Grasa vegetal como ingrediente alternativo a la grasa de leche, en cuyo caso deberá ser declarado en la etiqueta.

- El manjarblanco saborizado puede tener saborizantes solos o en mezclas, en una proporción entre 5 % y 30 % del producto final, en cuyo caso deberá ser declarado en la etiqueta.

Bicarbonato de sodio u otros neutralizantes autorizados. 

El Inacal, a través de la Dirección de Normalización, promueve el uso de esta norma elaborada por el Comité Técnico de Normalización de Leche y productos lácteos. Y se encuentra disponible para su lectura en línea en la plataforma “Sala de Lectura Virtual” en la página web: www.gob.pe/inacal

Dato

. Las regiones de Cajamarca, Arequipa y Lima son las principales cuencas productoras de leche y derivados lácteos, como el manjarblanco, informó el Inacal.

 

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