28 diciembre 2020 | 09:42 am Por: Redacción

Para garantizar la campaña agrícola y la producción de alimentos

Gobierno amplía los alcances del FAE AGRO hasta junio de 2021 

Gobierno amplía los alcances del FAE AGRO hasta junio de 2021 
Los beneficiarios son productores de cultivos transitorios como permanentes y la promoción de la actividad pecuaria.

(Agraria.pe) Para mantener el dinamismo de la economía y mejorar el nivel de vida de los pequeños productores agropecuarios de la agricultura familiar, el Gobierno acordó ampliar la cobertura de riesgo crediticio del Fondo de Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE Agro), hasta el 30 de junio de 2021 y la vigencia de esta cobertura no excederá el 30 de junio de 2022.

Según el Decreto de Urgencia No. 140-2020, publicado en la gaceta de normas legales de “El Peruano”, el Ejecutivo expidió medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que promuevan el financiamiento de los pequeños productores agropecuarios, que se vean afectados por el contexto internacional y local adverso, producto de la propagación del Covid-19 en el territorio nacional, a través de créditos de manera exclusiva para capital de trabajo, a efectos de garantizar la Campaña Agrícola 2020-2021 tanto de cultivos transitorios como permanentes y la promoción de la actividad pecuaria, incidiendo en el abastecimiento de alimentos a nivel nacional.

Como se sabe, el fondo FAE Agro cuenta con S/ 2.000 millones para proveer de líneas de financiamiento a los pequeños productores agrícolas y pecuarios para enfrentar la campaña agrícola, y tomando en cuenta que ese fondo vencía el 31 de diciembre de 2020.

De esta manera para asegurar el normal abastecimiento de alimentos a nivel nacional, las líneas de cobertura de riesgo crediticio pueden ser otorgadas por el FAE Agro hasta el 30 de junio de 2021 y la vigencia de esta cobertura otorgada no podrá exceder del 30 de junio de 2022.

La Garantía del Gobierno Nacional señalado en la norma solo cubre el porcentaje correspondiente del saldo del principal remanente de aquellos créditos otorgados por las Empresas del Sistema Financiero (ESF) o Cooperativas de Ahorro y Crédito (COOPAC) a los pequeños productores agropecuarios, asociados a las líneas de crédito revolvente otorgados para capital de trabajo, asignadas por ésta en el marco del presente programa.

De igual modo, la norma establece que los criterios de elegibilidad de los beneficiarios del FAE-Agro son los que cuentan con una línea de crédito revolvente para capital de trabajo destinada al financiamiento de las campañas agrícolas de cultivos transitorios y permanentes o de promoción de la actividad pecuaria.

Asimismo, Cofide se encargará de la administración del FAE-Agro, incluyendo la verificación de los préstamos que componen las carteras de créditos y las líneas de crédito revolvente para capital de trabajo, otorgados por las ESF o COOPAC que cumplen con los requisitos y condiciones para acceder a la garantía. Cofide verificará mensualmente que las condiciones de calificación de los pequeños productores agropecuarios se cumplan.

También la gestión de la cobranza de la cartera de créditos es obligación de las ESF y las COOPAC, debiendo agotar todos los medios disponibles y demostrar la debida diligencia en esta función, hasta agotar las acciones necesarias para la cobranza de la cartera de créditos, incluso en los casos en los que se haya honrado la garantía por parte del Estado.

Finalmente, las ESF y COOPAC remiten a Cofide, un reporte semanal de los créditos colocados, en el marco del FAE Agro. Del mismo modo, deben reportar mensualmente toda la información de las carteras asociadas a las líneas de crédito revolvente otorgadas.

 

Etiquetas: FAE Agro
Más de: Política