02 septiembre 2013 | 11:28 pm Por: Redacción

Mediante Resolución Directoral del Minagri

ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA COMERCIO DE FLORES ECUATORIANAS

ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA COMERCIO  DE FLORES ECUATORIANAS

Los envíos en tránsito internacional no podrán permanecer en el país más del tiempo estipulado en el permiso fitosanitario de tránsito internacional, ni podrán ser comercializadas en el país por ningún motivo.

 

Por: Redacción

 

Lima, 3 de septiembre 2013 (Agraria.pe) El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para el tránsito internacional de flores frescas cortadas de origen y procedencia ecuatoriana, señaló mediante Resolución Directoral el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri).

 

Según se aprecia en la resolución, los envíos en tránsito internacional no podrán permanecer en el país más del tiempo estipulado en el permiso fitosanitario de tránsito internacional, ni podrán ser comercializadas en el país por ningún motivo.

 

Los requisitos se establecen por solicitud de la empresa Evy Flor interesada en transportar flores frescas cortadas de las especies Rosa spp, Lilium spp, Chrysanthemun spp, Dianthus spp y Anthurium de origen y procedencia Ecuador.

 

Qué dice la resolución

 

A partir de la fecha, los envíos de flores de Ecuador, deberán contar con Permiso Fitosanitario de Tránsito Internacional emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.

 

El producto ingresará en contenedores cerrados y precintados o vehículos de transporte isotérmicos cerrados y precintados. Los números de los precintos deben estar consignados en el certificado fitosanitario oficial del país de origen o procedencia.

 

El envío deberá estar acompañado con la copia del certificado fitosanitario oficial del país de origen o procedencia, en el que se consigne el tratamiento de desinfección pre embarque.

 

Los inspectores del Senasa verificarán en el Puesto de Control de Ingreso y en el Puesto de Control de Salida la existencia de los precintos de seguridad de los contenedores o vehículos isotérmicos de transporte.