COLUMNA DE:
Carlos Pomareda Benel

Carlos Pomareda Benel

Ingeniero Agricola Doctor en Economia Agricola y es el Gerente de Servicios Internacionales para el Desarrollo Empresarial y Presidente del Consorcio para el Desarrollo Andino.
17 enero 2022 | 09:28 am Por: Carlos Pomareda Benel

Servicios para el Agro Peruano: ¿Para qué otra ley?

Servicios para el Agro Peruano: ¿Para qué otra ley?

Este artículo ofrece una reflexión a raíz de la recientemente promulgada ley que regula el Servicio de Extensión Agropecuaria (ley 31368 del 15 de noviembre 2021).

La modernización de una buena parte de la agricultura peruana ha venido ocurriendo desde hace varios años; y se ha dado entre productores de diferentes escala; nivel de capitalización y capacidades de gestión.  Esto está ocurriendo entre quienes venden en el mercado nacional y para la exportación. Este proceso ha generado muchas lecciones, y en particular sobre la importancia de los servicios específicos que han sido demandados por los productores y ofrecidos por actores privados.

La adquisición de servicios ha sido un factor determinante del éxito, ante la realidad de que el productor que se dedica a los cultivos o la ganadería, no puede hacer todo por sí mismo, porque no tiene la capacidad técnica y de gestión; o porque le resultaría muy complejo y costoso. Los servicios requeridos son muchos y dependen del cultivo o crianza, de la etapa de producción, etc. Los servicios no financieros se pueden agrupar en tres grandes categorías: Los que resuelven problemas productivos y comerciales (araduras, fumigaciones, podas, servicios veterinarios, reparación de equipos y maquinaria, transporte, mantenimiento de sistemas de riego, etc.); los que permiten cumplir normas y legislación (contabilidad, asesoría laboral, certificación, gestión tributaria, etc.); y los que crean capacidades (asistencia técnica, capacitación, información, organización para la acción grupal, etc.).

Es importante reconocer que la necesidad por servicios varía según los cultivos, las crianzas y la tecnología que se requiere usar. Cuanto más complejo esto último, mayor la necesidad de servicios especializados. También varía según los requerimientos de los mercados, los cuales son en general crecientes y tienden a homogenizarse para el mercado de exportación y el mercado formal nacional, supermercados y mercados municipales a los que se exige normas de sanidad e inocuidad, etiquetado, etc.

Los servicios que crean capacidades han sido tradicionalmente agrupados en el llamado Servicio de Extensión Agropecuaria. Al respecto dos grupos de comentarios sobre las propuestas en la Ley: Por un lado, la consideración que los ofrezca el Estado y, en segundo lugar, que el Estado acredite a los oferentes.

Sobre ampliar la oferta estatal de servicios de extensión, el Estado y en particular el MIDAGRI, el INIA, Agro Rural, Sierra y Selva Exportadora necesitarían miles de empleados para ofrecer dichos servicios, haciendo crecer la burocracia en forma desmedida y compitiendo con actores privados. La justificación dada tradicionalmente, que el Estado ofrece los servicios a los productores más pobres, es muy discutible en cuanto a la efectividad de dichos servicios. En tal sentido, el Estado debe ser muy acucioso en definir cuáles son los servicios públicos prioritarios y ofrecerlos en forma eficiente.

¿Y en relacion a la acreditación, qué aporta la acreditación? ¿Hace al acreditado más capaz y competitivo? ¿Tiene el INIA la capacidad para acreditar, en el sentido más completo de lo que ello significa? El compadrazgo ha sido la forma en la que, en algunos países con Estado centralista, los acreditados por el Estado han generado ingresos sin que se dé la entrega del servicio a satisfacción del productor.

En el lado de la demanda por servicios para el agro, el Estado debe difundir el conocimiento sobre el gran valor de desarrollar capacidades; y estimular y apoyar la organización grupal para adquirir servicios. También, difundir información sobre oferentes que, sin ser acreditados por el Estado, muestran su honradez y capacidad por esfuerzo propio y logran clientes.  Que sean los usuarios quienes califican al proveedor y hagan llegar su opinión a otros usuarios potenciales. La propuesta en la Ley de crear un registro es razonable, siempre que se difunda la información para saber quién sabe sobre qué.

Adquirir servicios requiere dinero y hay evidencia que los productores, incluyendo muchos con recursos limitados, adquieren servicios con recursos propios y con endeudamiento. El Estado podría apoyar a los productores más necesitados, con un bono para adquirir servicios, pagadero ante la satisfacción por el servicio recibido; sin embargo, la experiencia con bonos ha sido poco exitosa, por razón de la corrupción; de modo que debe analizarse las formas en que este apoyo podría funcionar mejor.

Y en el lado de la oferta de servicios, el Estado debe apoyar a los actores privados (otros productores, técnicos, ingenieros, administradores, etc., varones y mujeres) a desarrollar capacidad para ofrecer servicios en una economía de mercado. Esto puede incluir facilidades para crear y operar PYMES individuales o colectivas de servicios; capacitación por parte de otras empresas para elaborar una estrategia para crear demanda por los servicios que ofrecen; y facilidades de crédito para comprar equipos, incluyendo computadoras, drones, GPS, motos, etc.

Desarrollar la capacidad de oferta de servicios requiere que el oferente este continuamente innovando en los servicios que ofrece, como parte del esfuerzo necesario para generarse ingresos, sin esperar el sueldo mensual al que están acostumbrados los empleados públicos. Muy importante también, la experiencia demuestra que los servicios para desarrollar capacidad entre los productores se pueden ofrecer conjuntamente con otros servicios para solucionar problemas, como se refirió arriba. La relación fructífera oferente-cliente es la base de un sistema funcional de servicios.

Desde luego que el apoyo para crear los mercados por servicios no lo puede dar el MIDAGRI desde Lima y requiere la participación de los Gobiernos Regionales y Locales, las universidades regionales, etc.  Lo más importante es recordar que la agricultura no está en Lima metropolitana; y que las leyes, por mas buena intención que tengan, son solo leyes; es decir son el primer paso de un tortuoso proceso mientras tienen un reglamento y pasan por un vía crucis administrativo, y se les aportan recursos del presuouesto, hasta que llegan a ser acciones. Las propuestas aquí sugeridas no necesitan una ley.

Lo aquí sugerido permitirá se desarrollar un mercado por servicios para el agro, a partir de lo que ya se tiene; lo cual es quizás imperfecto, pero definitivamente una alternativa que se puede mejorar por medio de las acciones del Estado para corregir las imperfecciones en los mercados, lo cual será más efectivo que crear más burocracia inoficiosa.

Finalmente, en relacion a la referida ley, sería muy deseable que se revise, considerando entre otras cosas  si sus objetivos son congruentes; clarificar las competencias institucionales; reconsiderar eso de que la   extensión es un servicio de carácter público, permanente y descentralizado; evitar expresiones poco pragmáticas,  como por ejemplo que el servicio de extensión  se implementa en las cadenas productivas bajo los enfoques transversales de ordenamiento territorial, interculturalidad…;  y ser realista sobre como el MIDAGRI realizará el seguimiento y evaluación de la prestación del servicio de extensión agropecuaria.  Es deseable realizar la revisión sugerida, antes de elaborar y publicar el anunciado reglamento ©