15 septiembre 2023 | 09:20 am Por: José Carlos León Carrasco | jcleon@agraria.pe

Congreso de la República modificó la Ley N° 28890

Publican ley que reemplaza Sierra y Selva Exportadora por Agromercado

Publican ley que reemplaza Sierra y Selva Exportadora por Agromercado
También se modifica sus competencias, estructura y ámbito de intervención.

(Agraria.pe) Mediante la Ley N° 31872, el Congreso de la República modificó la Ley N° 28890 que crea Sierra y Selva Exportadora, cambiándola de denominación a Agromercado.

La nueva ley tiene por finalidad modificar las competencias, estructura y ámbito de intervención del organismo público ejecutor “Agromercado” adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).

El objetivo de la nueva ley es declarar de interés nacional la promoción, fomento y desarrollo de las actividades económicas a nivel nacional, dedicadas a la agricultura, ganadería, apicultura, reforestación y agroforestería, así como la transformación primaria de los productos que se obtengan de estas actividades, respondiendo a las oportunidades y demandas de los mercados nacionales y de exportación, a partir de una oferta consolidada y competitiva como instrumentos de lucha contra la pobreza y de generación de empleo productivo.

Agromercado tendrá personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera. Constituye pliego presupuestal. Además, desarrollará sus actividades a nivel nacional a través de órganos desconcentrados que implementa progresivamente de acuerdo con su disponibilidad presupuestal.

Objetivos de Agromercado
.Fortalecer la competitividad comercial y empresarial de los productores agrarios y sus organizaciones para promover su articulación a los mercados nacionales e internacionales.

.Promover el desarrollo prioritario de la agricultura, la ganadería, la reforestación, la agroforestería y la apicultura, y la transformación primaria de los productos con el fin de generar productos con valor agregado que reúnan los estándares requeridos tanto para el mercado nacional como para el de exportación, en beneficio de los pequeños y medianos productores, fomentando y participando en actividades de articulación y promoción comercial, en coordinación con los organismos, programas y proyectos del Midagri; y en lo que concierne al mercado de exportación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú).

.Fomentar la transferencia tecnológica y adopción de nuevas tecnologías, con apoyo de entidades del sector público y privado, que permitan el aumento de la productividad y el desarrollo de la competitividad de las cadenas de valor productivas que desarrollen los pequeños y medianos productores agrarios, promoviendo y fortaleciendo las relaciones de las comunidades con el sector privado, en coordinación con el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA).

.Impulsar una cultura emprendedora compatible con el ambiente y el desarrollo sostenible. Así como Fomentar la ampliación de las áreas cultivables y el incremento del valor comercial de los productos que desarrollan o se dedican a la actividad agraria en el territorio nacional con énfasis en los mercados de exportación, en coordinación con las entidades, programas, unidades ejecutoras y proyectos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).

Funciones de Agromercado
.Coordinar y articular las políticas públicas que permitan la incorporación de los pequeños y medianos productores agrarios a la actividad económica, preferentemente exportadora, y a los mercados nacionales.

.Fomentar la integración de los pequeños y medianos productores agrarios a los mercados nacionales y de exportación a través de planes, proyectos y actividades que posibiliten incrementar el valor agregado de los productos agrarios, así como impulsar la participación de los pequeños y medianos productores agrarios en actividades de promoción comercial para posibilitar un mayor acceso al mercado de exportación a través del fortalecimiento de la asociatividad.

.Desarrollar y promover programas de capacitación, asistencia técnica y asociatividad, adopción de nuevas tecnologías, liderazgo y aptitudes emprendedoras, que contribuyan a la articulación comercial y acceso a mercados de los pequeños y medianos productores agrarios.

.Promover y ejecutar proyectos o programas de inversión en obras de infraestructura económica productiva que brinden apoyo a la comercialización y poscosecha destinados a la mejora de la competitividad para facilitar la inserción en el mercado nacional y de exportación.

.Proponer a las entidades y dependencias del sector agrario y riego, bajo un enfoque de mercado, la creación o priorización de instrumentos o mecanismos financieros para las diferentes cadenas productivas según sus características, en beneficio de los pequeños y medianos productores.

.Recopilar, sistematizar y difundir información para el establecimiento de cadenas de producción o comercialización que ayuden a vincular al productor agrario a la actividad económica nacional y a la exportación.

.Fortalecer competencias en los procesos de gestión de calidad, certificación y otros aspectos de valor agregado requeridos para facilitar la integración efectiva a los mercados en beneficio de los pequeños y medianos productores agrarios.

Estructura orgánica de Agromercado
Agromercado cuenta para su funcionamiento con la siguiente estructura orgánica básica:  Jefatura, Gerencia general, Órgano de control institucional, Órganos de administración interna, Órganos de línea, y Órganos desconcentrados.

Las demás unidades orgánicas que resulten necesarias para su adecuado funcionamiento, así como las funciones de los órganos que lo conforman, se desarrollan y especifican en los documentos de gestión de la entidad.

La Jefatura de Agromercado es la máxima autoridad de la institución. Es designada por el presidente de la República mediante resolución suprema refrendada por el ministro de Desarrollo Agrario y Riego. Es la titular del pliego presupuestal y ejerce la representación institucional y legal.

La Jefatura informa una vez al año a la Comisión Agraria del Congreso de la República sobre el avance y los resultados de la gestión de Agromercado, en concordancia con sus objetivos, consignados en la presente ley.

La Jefatura de Agromercado tiene las siguientes funciones: Ejercer la representación legal e institucional de Agromercado asumiendo la titularidad del pliego presupuestal; Conducir las iniciativas, planes, programas y proyectos de la entidad; Administrar los recursos de la institución en el marco de las normas vigentes. Aprobar el plan estratégico institucional, el plan operativo institucional y sus modificaciones, las políticas de administración y finanzas, de personal y de relaciones institucionales; Emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia.

Así como Aprobar los estados financieros, la memoria anual y el presupuesto institucional de apertura; Suscribir convenios de cooperación con instituciones públicas o personas jurídicas de derecho privado, nacionales o extranjeras, que permitan el cumplimiento de sus fines; Proponer el reglamento de organización y funciones y demás instrumentos de gestión para su aprobación, de acuerdo con la normativa vigente; y Designar y remover a los titulares de los cargos de confianza de Agromercado.

Disposiciones complementarias
Promoción de las compras estatales de alimentos de origen en la agricultura familiar: Se amplía el ámbito de aplicación de la Ley 31071, Ley de compras estatales de alimentos de origen en la agricultura familiar, para que cualquier entidad de la administración pública que adquiera alimentos realice la adquisición porcentual mínima del 30 % de alimentos provenientes de la agricultura familiar, con la finalidad de expandir la oferta agraria que impacte en el desarrollo económico de los productores.

Compras públicas de productos elaborados sobre la base de fibra de alpaca, lana de ovinos y productos forestales maderables: El Midagri, de acuerdo a sus competencias, establece, en un plazo no mayor de 30 días hábiles luego de publicada la presente ley, las disposiciones normativas que permitan y promuevan la adquisición de productos elaborados sobre la base de fibra de alpaca y lana de ovinos, así como de productos forestales maderables (estos últimos previa determinación de su origen lícito), por parte de las entidades de la administración pública.

Inocuidad alimentaria: El Midagri y el Ministerio de Salud (Minsa), de acuerdo con sus competencias, implementan el aseguramiento de la inocuidad de los productos agrarios frescos y elaborados, y aprueban las normas promocionales que permitan garantizar la calidad acorde a las características de los productores agrarios.

Provisión de productos agrarios, semillas, fertilizantes y otros vinculados: Excepcionalmente, ante una eventual situación de emergencia o desabastecimiento inminente de productos agrarios, semillas, fertilizantes y otros vinculados, se autoriza al Midagri para brindar el servicio de transporte o su financiamiento (flete) en favor de los productores de la agricultura familiar mediante los programas o proyectos especiales del sector, priorizando los departamentos donde haya mayor necesidad de los citados productos.  Para tal efecto, se exonera, de manera excepcional, la prohibición de fraccionamiento que establece el artículo 20 de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y la contratación del servicio de transporte mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Desarrollo Agrario y Riego y el ministro de Economía y Finanzas.

Datos

. Los recursos con los que contará Agromercado son: Los que se consignan en la ley anual del presupuesto y sus modificatorias; Los que se obtengan de la cooperación nacional e internacional, de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia; Las donaciones, legados y otras contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales y extranjeras; Otros dispuestos por norma expresa.

. Si desea conocer los detalles de la Ley N° 31872 siga el enlace: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2215042-1

 

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