20 enero 2014 | 08:15 am Por: Redacción

Minagri: “Ley permitirá democratización y transparencia de las entidades de regantes”

PROMULGAN LEY DE ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA

PROMULGAN LEY DE ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA

La ley habilita a los dirigentes de las juntas de regantes a que sean elegidos por votación universal bajo la supervisión de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Además, exige que los padrones electorales sean aprobados por la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

 

Por: Redacción

 

Lima, 20 de enero 2014 (Agraria.pe) Ayer se promulgó la Ley de Organización de Usuarios de Agua (Ley N° 30157), cuyo objetivo es regular la constitución y el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley de Recursos Hídricos (Ley N° 29338).

 

La Ley N° 30157 permitirá que los dirigentes de las juntas de regantes sean elegidos por votación universal bajo supervisión de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Asimismo, establece que los padrones electorales deberán ser aprobados por la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

 

En ese sentido, el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) señaló que la promulgación de dicha ley permitirá ¨una verdadera democratización y transparencia de las entidades de regantes del país, cuyo propósito es consolidar el proceso para dotar de una eficiente y moderna gestión de los recursos hídricos con fines agrícolas¨.

 

A través de un comunicado, el MINAGRI indicó que la política agraria del gobierno considera al agua como un recurso prioritario para el desarrollo del país y patrimonio de todos los peruanos, al igual que la infraestructura hidráulica desarrollada por el Estado. “En consecuencia, es un deber del Estado velar por el uso eficiente y equitativo del recurso hídrico, así como por la gestión sostenible y responsable de la infraestructura hidráulica, que ha costado tanto al país”, expresó el MINAGRI. 

 

Agregó que en concordancia con el mandato del gobierno, es el responsable de asegurar los principios básicos de eficiencia, transparencia y consolidación de la democracia en la gestión del recurso hídrico, así como de la infraestructura hidráulica que el Estado ha puesto al servicio de los agricultores del país.

 

El Minagri estima que la Ley 30.157, aprobada por el Congreso de la República y promulgada por el Ejecutivo, garantiza la continuidad de las funciones de las juntas de usuarios como operadores de infraestructura hidráulica.

 

Igualmente “garantiza el derecho de todos los usuarios de agua a elegir y ser elegido mediante voto universal, a pedir cuentas a sus dirigentes de cómo se emplean los recursos provenientes de las tarifas de agua, a conocer cuáles son los planes de operación y mantenimiento que se llevarán a cabo para su propio beneficio, a recibir un servicio oportuno y de calidad contando con un equipo que opere técnica y eficientemente los sistemas hidráulicos”.

 

“La norma permite recuperar el principio de autoridad que requiere el Estado para hacer respetar los derechos de los usuarios de agua del país y reconoce el rol estratégico de los comités, comisiones y juntas de usuarios las que continuarán operando y prestando el servicio de suministro de agua con el apoyo del Estado", señala el comunicado emitido.

 

Recuerda que los principios básicos de ley fueron compartidos con los líderes de las organizaciones de regantes del país, que el 22 de noviembre del 2013 acordaron mediante acta suscrita, la necesidad de una ley especial que permita a las organizaciones de usuarios ser reconocidas por la Autoridad Nacional del Agua (ANA) e inscritos en Registros Públicos.

 

Además, resaltó el MINAGRI encabezado por el ministro Milton von Hesse,  seguirá con su política de diálogo y mantendrá los canales de comunicación abiertos con todas las organizaciones de usuarios de agua para atender sus propuestas en la elaboración del reglamento de la ley 30157.

 

La ley dispone que el reglamento desarrollará mecanismos especiales para adecuar la norma a la realidad de cada organización de usuarios atendiendo las características específicas de la costa, la sierra y la selva del país, indica.

 

Dato

 

. Puede leer completamente la promulgación de  la Ley de Organización de Usuarios de Agua (Ley N° 30157) en el siguiente enlace: http://www.huaral.pe/2014/01/aprueban-ley-30157-ley-de-organizacion-de-usuarios-de-agua/