10 junio 2026 | 10:12 am Por: Redacción

Poder Judicial ordena transferir Proyecto Especial Tambo Ccaracocha a la MANRHI

Poder Judicial ordena transferir Proyecto Especial Tambo Ccaracocha a la MANRHI
Mandato judicial reivindica a Huancavelica y pone fin a 24 años de postergación.

(Agraria.pe) Después de más de 24 año,  el Gobierno Regional de Huancavelica logró la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha (PETACC) a la Mancomunidad Regional Huancavelica-Ica (MANRHI), ordenado mediante sentencia judicial. Esta medida devuelve a las comunidades campesinas de Huaytará y Castrovirreyna el derecho a usar el agua que nace en sus territorios.

Durante más de dos décadas, el PETACC actualmente dependiente del Gobierno Regional de Ica, administró de manera exclusiva las aguas trasvasadas desde las lagunas ubicadas en Huancavelica, ejecutando solo obras en territorio de Ica y ningún proyecto en la zona alta de Huancavelica, donde se origina el agua.

Por esta razón, el Gobierno Regional de Huancavelica impulsó una demanda constitucional de cumplimiento del mandato contenido en la cuadragésima cuarta disposición complementaria final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 – Ley N° 30693, reglamentado por el Decreto Supremo N° 079-2018-PCM, que disponía la transferencia del PETACC, del Gobierno Regional de Ica a la MANRHI.

Fin a 24 años de abandono
Es así que el 21 de abril de 2026, la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, mediante Sentencia de Vista y Resolución N° 23, declaró fundada la demanda constitucional del Gobierno Regional de Huancavelica y ordenó al Gobierno Regional de Ica dar cumplimiento dentro de un plazo razonable y fijar una primera reunión de trabajo bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 27° del Nuevo Código Procesal Constitucional.

En ese sentido, tras la notificación, Ica a través de su Procurador Público, mediante escrito de fecha 4 de mayo de 2026, presentó un Recurso de Agravio Constitucional contra la Resolución N° 23, el cual, después de un análisis, la Sala Civil declaró improcedente por no cumplir con los presupuestos establecidos en el artículo 24 del Código Procesal Constitucional.

La transferencia del PETACC a la mancomunidad regional permitirá, por primera vez, impulsar proyectos de recuperación de lagunas, siembra y cosecha de agua, y construcción de presas en la parte alta, ubicada en Huancavelica. De esta forma, se pondrá fin al déficit histórico que obligó a las comunidades huancavelicanas a soportar la escasez mientras el agua se iba a Ica.

“Hemos sido por años la fábrica de agua sin recibir beneficios. Esta transferencia es una reparación histórica”, señaló el titular del Gobierno Regional de Huancavelica, al señalar que las comunidades huancavelicanas ya no solo verán pasar el agua a Ica, sino que también se beneficiarán de este recurso, es más, con el PETACC bajo gestión mancomunada, se garantizará una planificación integral de las cuatro cuencas compartidas: Chincha, Pisco, Ica y Palpa.

Detalló que, la gestión compartida también será la única vía para salvar del colapso hídrico a la agroexportación de Ica y al valle de Ica y Villacurí, toda vez que, actualmente, la sobreexplotación de acuíferos ha generado un déficit anual de 100 millones de metros cúbicos, en vista que extraen 300 millones y solo recargan 200 millones.

En cumplimiento de la sentencia judicial, los gobiernos regionales de Huancavelica e Ica deberán reunirse para definir el cronograma de transferencia del PETACC a la MANRHI. Este proceso es considerado por Huancavelica como inaplazable e irreversible.

Finalmente, el 27 de mayo, el titular del Gobierno Regional de Huancavelica logró el respaldo de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) para que acompañe el proceso de transferencia. Fue en una reunión que sostuvo con el viceministro de Gobernanza Territorial de la PCM, Dr. Francisco Martín Gavidia Arrascue.

Dato

. El artículo 27° del Nuevo Código Procesal Constitucional establece que, para el cumplimiento de las sentencias, el juez velará porque se cumpla según sus propios términos. Si el demandado no cumple, remitirá los actuados al Ministerio Público o dispondrá el inicio del procedimiento disciplinario de funcionarios y servidores públicos ante la entidad que corresponda para su destitución, inclusive comunicará al Ministerio Público para la denuncia penal contra el titular de la entidad y los que resulten responsables, pudiendo exigir su prisión preventiva.

 

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