La venta de productos al público en mercados mayoristas se realizará de 6:00 a. m. a 16:00 horas, y en mercados minoristas, supermercados, bodegas y otros centros de abasto será de 7:00 hasta las 15:00 horas. En el caso de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto la venta de productos en mercados mayoristas se realizará de 6:00 a 14:00 horas y en mercados minoristas, supermercados, bodegas y otros centros de abasto de 7:00 hasta las 14:00 horas.
(Agraria.pe) A fin de garantizar el abastecimiento y expendio de alimentos en los mercados mayoristas y minoristas, supermercados, bodegas y otros centros de abasto a nivel nacional durante el estado de emergencia, el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) y el Ministerio de la Producción (Produce) comunicaron a los gobernadores regionales y alcaldes de todo el país lo siguiente:
1) El abastecimiento de productos a mercados mayoristas y otros centros de abastos está permitido las 24 horas. El personal indispensable para esas tareas debe contar con DNI y pase de tránsito.
2) Los agricultores, con la finalidad de garantizar el abastecimiento y expendio de alimentos para la población, podrán movilizarse las 24 horas, para ello deberán portar DNI, pase de tránsito y/o laboral vigente.
3) La venta de alimentos y productos de limpieza e higiene personal al público en mercados mayoristas se realizará de 6:00 a 16:00 horas y en mercados minoristas, supermercados, bodegas y otros centros de abasto será de 7:00 hasta las 15:00 horas, para facilitar el traslado y retorno de y a sus domicilios de trabajadores y consumidores, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 053-2020-PCM.
En el caso de las regiones de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto la venta de alimentos y productos de limpieza e higiene personal al público en mercados mayoristas se realizará de 6:00 a 14:00 horas y en mercados minoristas, supermercados, bodegas y otros centros de abasto de 7:00 hasta las 14:00 horas, para facilitar el traslado y retorno de y a sus domicilios de trabajadores y consumidores.
4) Durante las horas de funcionamiento de mercados y otros centros de abasto bajo su responsabilidad de regulación, las municipalidades establecerán aforos máximos de personas, adecuados a cada espacio.
5) Es obligatorio el uso de mascarilla y guantes por todas las personas que laboran y expenden productos en mercados mayoristas, minoristas y otros centros de abastos a nivel local.