02 marzo 2017 | 10:27 am Por: Redacción

Nuevo reglamento

MEF fija la forma de pago para los bonos de la reforma agraria

MEF fija la forma de pago para los bonos de la reforma agraria

Tenedores de bonos podrán optar por el pago con bonos soberanos, libremente transferibles y de condiciones similares a otros entregados por el Estado. También podrán tener por cancelada su deuda con la entrega de tierras de propiedad del Estado o podrán elegir un pago en efectivo.

(Agraria.pe) El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) fijó el procedimiento de pago de los bonos de la deuda agraria. 

Así, se establece que los tenedores de bonos de deuda agraria podrán optar por el pago con bonos soberanos, libremente transferibles y de condiciones similares a otros entregados por el Estado.

También podrán tener por cancelada su deuda con la entrega de tierras de propiedad del Estado, valorizados a través de las autoridades competentes. Asimismo, tendrán la opción de elegir un pago en efectivo hasta la suma máxima de S/ 100.000. Y mediante el canje por inversión en los sectores priorizados por el Estado. 

Los tenedores podrán optar por la combinación de opciones, y considerar un máximo de 20% de la deuda para pago en efectivo. Si la deuda actualizada supera el tope en efectivo se aceptará por excepción.

Dato

. De aprobarse la cancelación en efectivo y por armadas de los bonos de la deuda agraria, esta no podrá exceder el plazo máximo de ocho años computados desde el ejercicio presupuestal siguiente de emitida la orden de pago por la autoridad.

Fuente Gestión