(Agraria.pe) El Gobierno aprobó durante el Consejo de Ministros del miércoles 6 de abril los cambios al Reglamento de la Leche. De acuerdo al documento, el Ejecutivo ampara sus modificaciones en el cumplimiento de la Política Nacional Agraria 2021-2030, aprobada en el 2017 que tiene, entre sus principales objetivos, incrementar el nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena de valor; reducir la proporción de los productores agrarios familiares en el nivel de subsistencia; y mejorar el manejo de los recursos naturales para la producción agraria sostenible.
Las modificaciones que están por oficializarse, apuntan a establecer la denominación y composición de la leche evaporada, así como también determinar un plazo para la plena exigencia de los Principios Generales de Higiene (PGH), por parte de las plantas procesadoras de derivados lácteos, como las plantas queseras.
Los detalles
Leche evaporada: El reglamento incorpora por primera vez la definición de leche evaporada como el alimento líquido obtenido por la eliminación parcial del agua únicamente de la leche, tomando en cuenta lo que dice la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA 21 CFR 131.130 - Requisitos para leche y cremas estandarizadas). “Es decir, uso de solamente leche fresca”, señaló Clímaco Cárdenas, presidente de Conveagro. Y si la industria lo requiere, podrá enriquecer el producto adicionando los aditivos alimentarios contemplados en la Norma Codex CXS 192-1995, como con crema de leche y/o grasa anhidra de leche. Pero no leche en polvo.
Producto lácteo: En tanto, si la industria optara por continuar con el uso de leche en polvo en sus procesos deberá denominarse como producto lácteo: obtenido mediante cualquier elaboración de la leche, que puede contener aditivos alimentarios y otros ingredientes funcionalmente necesarios para la elaboración. “Puede hacer restitución como se hace a la fecha”, explica Cárdenas.
Especificaciones sanitarias: La norma también suspendería hasta el 31 de diciembre del 2026, las exigencias de las especificaciones microbiológicas en la leche cruda destinada a la comercialización. Actualmente se exige lo siguiente:
Vigencia: La industria podrá adecuarse a la denominación de leche evaporada hasta octubre próximo. En tanto, las mypes y personas naturales que elaboran productos lácteos, tendrán como plazo máximo el 31 de diciembre del 2026 para obtener la certificación sanitaria basada en el cumplimiento del Sistema Integrado de Producción (SIP).
De acuerdo a Cárdenas, los cambios no deben generar escasez ni incremento de precios considerando que “existe la materia prima nacional necesaria”, que además cuesta actualmente S/ 1.50 frente a los S/ 2.36 que vale la leche importada.
Por su parte, la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) ha rechazado los cambios porque “no buscan mejorar una regulación general para las siete categorías de productos lácteos contempladas en el Reglamento como son la leche cruda, leche pasteurizada, leche UHT, leche evaporada, leche en polvo, queso fresco y yogurt. Solo se enfoca en la leche evaporada”.
Insiste, además, en que prohibir el uso de la leche en polvo encarecerá el precio de la leche por reducción de la oferta. “Al existir un déficit de aproximadamente 30% entre la oferta y la demanda de leche cruda en el país, se generará escasez y, por ende, un aumento importante en el precio final”, señaló.
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) convocaría a una reunión a la industria y ganaderos con la finalidad de consensuar nuevas estrategias al sector ganadero lechero, según había adelantado el último miércoles el viceministro de Agricultura, Rómulo Antúnez.
Fuente: Gestión