16 marzo 2023 | 09:08 am Por: José Carlos León Carrasco | jcleon@agraria.pe

Crean Grupo de Trabajo Sectorial

Implementarán cambios en Programa Agro Rural

Implementarán cambios en Programa Agro Rural
La instalación del Grupo de Trabajo Sectorial se realiza en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la designación de representantes.

(Agraria.pe) A través de la Resolución Ministerial N° 0079-2023-Midagri, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con el objeto de elaborar el Plan de Implementación de Cambios del Programa de Desarrollo de Productivo Agrario Rural (Agro Rural).

El Grupo de Trabajo Sectorial tiene como funciones: Elaborar un cronograma de trabajo para el cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo Sectorial; Coordinar permanentemente durante el proceso de elaboración del documento, con los diversos actores vinculados a su formulación.

Además de definir las actividades a realizar para la implementación de cada una de las recomendaciones derivadas de la Etapa 2 Evaluación al Programa Agro Rural, indicando los responsables a cargo de cada actividad; Definir los plazos y cronograma para la implementación de recomendaciones.

Así como establecer los medios de verificación para monitorear el progreso de la implementación de las recomendaciones; Establecer el tablero de control con los indicadores de desempeño del Programa Agro Rural; y Elaborar el Plan de Implementación de Cambio del Programa Agro Rural.

Conformación del Grupo
El Grupo de Trabajo Sectorial está conformado por los siguientes integrantes: Un  representante de la Secretaría General, quien lo preside; Un representante del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Un representante de la Oficina de Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Un representante de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Un representante de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Un representante de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas; Un representante de la Dirección de Políticas y Normatividad de la Dirección General de Políticas Agrarias; Un representante de la Dirección General de Gestión Territorial;

Un representante de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Un representante de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural; Un representante de la Sub Unidad de Presupuesto del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural; Un representante de la Sub Unidad de Planificación, Evaluación y Seguimiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural; Un representante de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural;

Los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial realizan sus funciones ad honorem y cuentan con un representante alterno. La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial está a cargo de la Oficina de Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que proporciona el apoyo técnico y administrativo necesario para el cumplimiento de su objeto y funcionamiento.

Los representantes titular y alterno que conforman el Grupo de Trabajo Sectorial se acreditan ante la Secretaría Técnica mediante comunicación escrita, en el plazo de tres días hábiles posterior a la publicación de la presente Resolución Ministerial. La instalación del Grupo de Trabajo Sectorial se realiza en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la designación de representantes a que se refiere el artículo precedente.

Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo Sectorial puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y/o aporte técnico de otras unidades de organización del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y de las unidades funcionales y/o del personal del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural; así como de especialistas o personas expertas en la materia, nacionales o extranjeras.

El Grupo de Trabajo Sectorial tiene un plazo máximo de vigencia de sesenta días calendario posteriores contados desde el día siguiente de su instalación.

Dato

. La aplicación de lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 0079-2023-Midagri, se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada entidad representada en el Grupo de Trabajo Sectorial, asume los gastos que demande su representación.

 

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