(Agraria.pe) Como parte del proceso de modernización de la gestión pública y priorización de la atención a los productores de la agricultura familiar, el Ejecutivo resolvió la calificación de 13 programas y proyectos especiales pertenecientes al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).
El ministro del sector, Federico Tenorio, saludó la medida de oficializar la calificación de programas del ministerio, debido a que permitirán una atención más eficiente a los pequeños productores, que podrán contar con programas y proyectos especiales que prestarán mejores servicios para promover el mayor desarrollo de la agricultura familiar en el ámbito nacional.
En el Midagri son calificados de programas: Agroideas, Agro Rural, PSI, Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes (PEBPT), Proyecto Especial de Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo (PEDICP) y Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT).
Mientras que se mantendrán como proyectos especiales del sector de Desarrollo Agrario y Riego: Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Provraem), Proyecto Especial Datem del Marañón-Alto Amazonas-Loreto-Condorcanqui (PEDAMAALC), Proyecto Especial Jequetepeque-Zaña (Pejeza), Proyecto Especial Pichis-Palcazú (PEPP), Proyecto Especial Jaén-San Ignacio-Bagua (PEJISB), Proyecto Especial Alto Huallaga (PEAH) y Proyecto Especial Sierra Centro Sur (PESCS).
A través del Decreto Supremo 098-2021-PCM, publicado en la gaceta Normas Legales, se señala que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y lograr una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos.
En los considerandos de la norma legal se establece que los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica o para implementar una política pública; mientras los proyectos especiales son un conjunto articulado y coherente de actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos en un período limitado de tiempo.
Por último, la calificación como programas en la norma publicada no afecta sus funciones, continuidad de sus actividades, identidad organizacional, denominación, ni las obligaciones o derechos que tuvieran.
Fuente: andina.pe