16 diciembre 2010 | 08:38 am Por: Redacción

Sin el consenso de AIDESEP Y CONAP

COMISIÓN AGRARIA APROBÓ DICTAMEN DE PROYECTO DE LEY FORESTAL

COMISIÓN AGRARIA APROBÓ DICTAMEN DE PROYECTO DE LEY FORESTAL

Según ADEX, las exportaciones nacionales corren el riesgo de ser sancionadas por los EEUU, si no se aprueba a tiempo el proyecto de Ley Forestal

Por Luis Omar Paredes

Lima, 16 Diciembre (Agraria.pe) En sesión ordinaria, la Comisión Agraria del Congreso aprobó por unanimidad el dictamen del proyecto de Ley Forestal y de Fauna Silvestre Nº 4141/2009-PE, según informó el presidente de dicha comisión.

Aníbal Huerta Díaz, presidente de la Comisión Agraria, informó que el dictamen del proyecto de ley fue dispensado de trámite, por lo que pasará a la agenda del Pleno del Congreso entre hoy y mañana.
Según Huerta, fueron necesarias cinco sesiones descentralizadas, cinco consultas previas regionales y una consulta nacional en Lima para aprobar el dictamen. “Se recibieron informes de instituciones públicas, privadas y ONG, aportes de organizaciones indígenas, agrarias y campesinas. Se ha recogido todos los aportes y opiniones posibles”, señaló.

Sin embargo, la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú – CONAP emitió un pronunciamiento horas antes de la aprobación del dictamen en el que advierte que cualquier intento de aprobación del Proyecto de Ley Forestal y de Fauna Silvestre, sin el adecuado proceso de consulta, será rechazado por la CONAP.

Asimismo, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP manifestó su rechazo a la aprobación del dictamen, sosteniendo que no se ha respetado las sugerencias de las organizaciones y bases indígenas, entre ellas: la aprobación de la Ley de Consulta Previa en el Congreso, “que se encuentra en agenda del Pleno y que ha sido observada por el Presidente de la República”.
“Los líderes indígenas que asistieron a las audiencias regionales y reunión nacional, solicitaron que siga la información y el debate del proyecto hasta la siguiente legislatura”, informó el Dr. Germán Guanira, asesor legal de AIDESEP.
“El tema de la ley forestal no acaba con la aprobación de la ley. La comisión Agraria estará pendiente de la implementación de la ley, y seguirá reuniéndose con las organizaciones indígenas, empresarios y exportadores si tienden a bien modificar o mejorar la ley”, explicó Huerta.

Aprobación sin debate

Antes de la votación del dictamen del Proyecto Nº 4141, los integrantes de la Comisión Agraria: Juana Huancahuari, María Sumire, Tomás Zamudio y Elizabeth León, se retiraron de la sesión al comprobar que el presidente de la comisión, Aníbal Huerta, intentaba acelerar la aprobación de dicho dictamen, según informaron fuentes del Congreso.
“Los 160 artículos del proyecto no pueden verse a la ligera. El tema de las concesiones no estaba muy claro. Esta propuesta se tendría que debatir en la Comisión de Descentralización”, señaló la congresista Elizabeth León (BP-CD).

“Ni las reuniones ni las audiencias son consultas previas, sino que han sido reuniones informativas para las organizaciones indígenas. No se puede saltar los pasos previos”, lamentó.

Sin embargo, Huerta Díaz explicó que ante la carencia de Ley de Consulta Previa, la Comisión Agraria tuvo que interpretar el Convenio 169 de la OIT para desarrollar el proceso de consulta a las organizaciones indígenas.

DATOS:

Los congresistas que votaron a favor de la aprobación del dictamen en cuestión fueron: Huerta Díaz, Antonio León, Mario Alegría, Franco Carpio, Eduardo Espinoza, Franklin Sánchez, Helvezia Balta y Ricardo Pando.
El proyecto aprobado tiene 161 Artículos, siete Disposiciones Finales, 15 Disposiciones Transitorias y una derogatoria (deroga la Ley 28852, de Promoción de la inversión privada en reforestación y agroforestería).

Asimismo, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, SERFOR, como organismo público técnico especializado, y autoridad nacional forestal y de fauna silvestre. Estará dirigido por un consejo directivo de cinco integrantes.

En su artículo 63°, el proyecto aprobado señala que para el caso de acceso a los recursos forestales en tierras de comunidades indígenas, nativas y campesinas, sean tierras tituladas o bajo cesión en uso, la comunidad solicitará permiso de aprovechamiento forestal a la autoridad regional forestal, con excepción de las extracción con fines de uso doméstico, autoconsumo o fines de subsistencia.