31 diciembre 2019 | 09:37 am Por: Redacción

Para atender a trabajadores agrícolas

ComexPerú: Más aporte a Essalud debe ir acompañado de más centros de salud

ComexPerú: Más aporte a Essalud debe ir acompañado de más centros de salud
El Ejecutivo publicó nueva Ley de Promoción Agraria, en la que se elevará el aporte al Seguro Social de manera progresiva hasta llegar al 9% de la remuneración.

(Agraria.pe) El Ejecutivo publicó el decreto de urgencia (DU) que modifica la ley N° 27360, para promover y mejorar las condiciones para el desarrollo de la actividad agraria (Ley de Promoción del Sector Agrario).

Si bien se mantuvo el texto consensuado entre el Gobierno, el Congreso –antes que este fuera disuelto– y el sector privado (ver tabla), el Ejecutivo realizó una modificación sobre los aportes de las empresas del sector a Essalud. Al respecto, se elevará el aporte al seguro social de 4% a 6% de la remuneración, pero esto solo hasta el 2024; a partir del 2025 se irá incrementando el aporte progresivamente hasta que en el 2029 se alcance el 9% (en un contexto el que se prorrogó la ley hasta el 2031).

El presidente de la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú) , Alfonso Bustamante Canny, indicó que el sector privado está de acuerdo con el incremento progresivo del aporte a Essalud en un contexto el que ya no parece un “impuesto al trabajo”.

¿A qué se refiere? Antes, la ley señalaba que los afiliados y sus derechohabientes tenían derecho a la prestación del seguro social de salud siempre que aquellos cuenten con tres meses de aportación consecutivos o con cuatro no consecutivos dentro de 12 meses calendario.
Según Bustamante, en algunos casos, a pesar de que el privado aportaba a Essalud, los trabajadores no podían atenderse porque algunos contratos –al ser temporales– no alcanzaban el tiempo establecido para que se accediera al servicio. Ahora, el DU señala que los empleados agrarios no perderán su afiliación en el Seguro Integral de Salud (SIS).

De otro lado, el presidente de Comex también indicó que el incremento progresivo del aporte a Essalud debe permitirle al Estado monitorear la disponibilidad de establecimientos de salud para los trabajadores agrarios.

“En el lugar donde están las empresas agrícolas no está necesariamente Essalud. Es difícil que los trabajadores vayan a atenderse a una ciudad cercana. Este tipo de adecuación tiene que servirnos para comenzar a identificar dónde hay que complementar los centros del seguro social. Que se vayan haciendo nuevas instalaciones para mayores coberturas”, anotó.

Observaciones
Según el abogado laboralista César Puntriano, el DU no incluye la posibilidad de contratar de manera temporal en base a las campañas agrícolas sin tope máximo (que sí contemplaba el dictamen aprobado en el Congreso). Además, no dice nada de la terminación anticipada de los contratos temporales, por lo que se deberá aplicar la indemnización prevista en el régimen común, anotó. El abogado también consideró que se debió señalar expresamente que la indemnización es la única reparación ante un despido arbitrario, pues al tratarse de un régimen especial que permite la contratación temporal es irrazonable que la Corte Suprema ordene la reposición de este tipo de trabajadores.

Fuente: Gestión

Etiquetas: Comex
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