COLUMNA DE:
Angel Manero

Angel Manero

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego. Ingeniero Agroindustrial con Maestría en Administración de Agronegocios. Consultor senior en Desarrollo Productivo y Negocios Agrarios.
16 enero 2012 | 10:09 am Por: Angel Manero

AGENCIA DE COMPETITIVIDAD PARA EL AGRO

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En la última edición de la CADE, Jimena de la Quintana realizaba una entrevista a uno de los ponentes visitantes y le preguntó ¿cuáles deberían ser las industrias con potencial competitivo que el Estado peruano debería promover?. El entrevistado le contestó: El Estado debe brindar condiciones favorables para el desarrollo de los negocios como marco legal, infraestructura, seguridad jurídica, orden interno etc y será el privado con sus actividades y empresas quien defina las industrias que se van constituyendo como competitivas en el país.

 

Algunos años atrás ya habíamos comentado el tema y mencionábamos que la competitividad tiene dos capas la externa y la interna, esta última refiere a las condiciones propias de una empresa para crecer y desarrollarse (recursos humanos, financieros, gestión etc). Pero qué es lo que define que un empresario decida optar por una industria u otra; aquí intervienen muchos factores como vocación, identificación de oportunidad, relaciones interpersonales, fracaso en otra actividad etc. Un Director de un colegio secundario no puede decidir la profesión que debe optar cada alumno al egresar, pero puede ayudar con información a que la decisión del alumno sea más asertiva. Del mismo modo el Estado no puede decidir a qué industria se deben dedicar los ciudadanos, pero puede brindar información sobre todas las industrias que considere viables en el país.

 

Adicionalmente para cuando las empresas ya están conformadas, el Estado puede brindar soporte para que su tránsito a la consolidación tenga más probabilidad de éxito y cada vez exista un sector privado más grande, capitalizado y diversificado. En mi opinión ésta debe ser la tarea de las Agencias de Competitividad o de la propuesta de Módulos de Servicios Agropecuarios del MINAG.

 

Los módulos de servicios agropecuarios son un espacio físico (con soporte virtual) donde el productor agropecuario puede encontrar asistencia técnica, información de financiamiento, temas tributarios, programas de fomento público, titulación, administración del agua, mercados etc. Esta propuesta de concentrar en una ventanilla única los servicios que puede brindar el Estado al productor es buena porque racionaliza recursos, acerca el Estado al medio rural y puede generar sinergias entre diferentes instituciones públicas (también privadas). Los riesgos son que una mala implementación implique un pésimo servicio, que sus servicios queden desbordados por la demanda y la más crítica:que su falta de focalización haga que el servicio no tenga ningún impacto de desarrollo.

 

Lo anterior nos lleva a plantear la necesidad de que existan facilitadores de cadenas productivas o conglomerados que permitan que la oferta se articule efectivamente con la demanda en un enfoque integral de cadena de valor. Es decir que las actividades de producción, transformación y comercialización sean eficientes y eficaces. El modelo con que ha venido operando el Programa de Alivio a la Pobreza (proyecto PRA) es un modelo que se acerca a ello, al igual que el renovado enfoque de articulación que está implementando Sierra Exportadora. Dos instituciones que hacen algo parecido y que para bien del sector rural han decidido trabajar juntos. Esto es importante, primero porque evita duplicidades que puedan haber estado dándose y segundo porque su estrategia de intervención conjunta es focalizada (cadena productiva específica) y es precisamente el complemento que requiere la propuesta de los módulos de servicios agropecuarios.

 

Estos esfuerzos nos llevarán a formar en la práctica nuestra agencia de competitividad agropecuaria para un sector que no puede darse el lujo de seguir re-diagnosticando si es competitivo o no, tenemos que hacerlo competitivo como sea, lo cual afortunadamente es posible.

 

Lima, 15 de enero del 2011