24 abril 2010 | 12:44 am Por: Arturo Córdova apellido | editor@agraria.pe

Empieza el debate.

GREMIOS EMPRESARIALES CUESTIONAN PROYECTO DE LEY DE PROPIEDAD DE TIERRAS

GREMIOS EMPRESARIALES CUESTIONAN PROYECTO DE LEY DE PROPIEDAD DE TIERRAS

Empresarios sostienen que la ley perjudicará la eficiencia y competitividad del agro de la Costa del Perú y apuestan por la “economía de escala”. 

 Agraria.pe.- Luego que la Comisión Agraria del Congreso aprobara la Ley Nº 3194 / 2008-CR, que establece límites a la Propiedad Agraria en Zonas Agrícolas de la Costa, las reacciones de diferentes autoridades empresariales pusieron en el debate los aportes competitivos que dicha ley le brindaría al agro en los valles costeños.

Para el responsable del estudio técnico del proyecto de Ley de Propiedad de Tierras, contratado por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) Dr. Alfredo Bullard González, la Comisión Agraria debe fundamentar la limitación de la propiedad de tierras a través de normas constitucionales.

Según Bullard González, la Constitución Política del Perú no prohíbe la acumulación de propiedades, sino el abuso de posición de dominio. “El proyecto de la Comisión Agraria no tiene razones legales ni técnicas que lo justifiquen, pareciera que el Estado no quiere la competitividad”, sentenció.

Por su parte, el asesor legal corporativo del grupo GLORIA, Fernando Devoto Acha, informó que, según el art. 3 de la Ley 26505 que precisa los alcances constitucionales reafirma que no se puede imponer restricciones o limitaciones a las propiedades de las tierras distintas a las establecidas en el texto de dicha ley. “Es decir, este proyecto de la Comisión Agraria no debe aprobarse, porque violaría la propia Constitución”.

Sin embargo, para Javier Gilardi Arbulú, gerente industrial de DANPER, el Gobierno estaría tratando de evitar lo monopolios u oligopolios en el agro nacional, lo que permitiría una mayor participación de empresarios agrícolas. “Con esta ley podrían ser más equitativas las concesiones y las compras de tierras”, indicó.

Cabe mencionar que el gerente de DANPER, aclaró que la Ley de Propiedad de Tierras no generará competitividad en el agro nacional. “Para ser competitivos hace falta infraestructura: carreteras, puertos y aeropuertos”, anotó.

Bullard González consideró a la mencionada ley como discriminatoria, debido a que se aplicaría en las propiedades de tierras de la costa y no en la sierra. “El Estado es subsidiario, y por lo tanto tiene que fundamentar por qué decide intervenir en la economía”, explicó.

“Ley con matiz Velasquista”

El asesor legal corporativo del grupo GLORIA, Fernando Devoto Acha, recordó que las limitaciones de propiedades de las tierras, de la reforma agraria del general Juan Velasco Alvarado, destruyeron la eficiencia y competitividad del sector agrícola. “Terminamos con minifundios y el desastre de la economía del país”, señaló.

Según Alfredo Bullard, los límites máximos a la extensión de la propiedad durante la reforma agraria hicieron perder las posibilidades y alternativas propias de la economía de escala. “Es decir, reducir los costos de producción a través de una serie de inversiones para hacer más competitivas mis producciones y exportaciones”, explicó.

Finalmente, Devoto Acha propuso trabajar en la eficiencia y la competitividad del agro a través del aprovechamiento de los recursos hídricos fluviales. “Tenemos que hacer que el agua de los ríos no se desperdicie en el mar”.

Sobre el “latifundio” y el control de precios

Respecto con la afirmación del presidente de la Comisión Agraria del Congreso, Miguel Guevara Trelles, sobre que el incremento del precio del azúcar se debió a la posesión de más de 60 mil Has de caña de azúcar por parte del grupo GLORIA, que controlaría los precios del producto en el mercado nacional; el Dr. Devoto Acha (GLORIA) explicó que “el azúcar es un commodity y está sujeto al precio internacional de los commodities”, y no a la “voluntad” del grupo GLORIA. “Nosotros somos inversionistas, no somos especuladores”, aseveró. 

DATOS: 

  • Según el informe Nº 366-AG-2009-AG-AOJ de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura, la Ley de Propiedad de Tierras en los Valles de la Costa es inviable, porque sería un obstáculo para los proyectos de inversión privada que necesiten más de 40 mil Has. 
  • De igual manera, el informe Nº 007-2009/INDECOPI-CEB de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI, explicó que la Ley de Propiedad de Tierras no toma en cuenta los posibles perjuicios económicos que podría ocasionar a los agentes económicos agrícolas que podrían ver afectados su permanencia en el mercado. Además, la Gerencia de Estudios Económicos de INDECOPI, a través del informe Nº 097-2009/GEE, sostiene que con esta Ley de Propiedad de las Tierras, los primeros afectados serían las empresas azucareras y no las agroexportadoras. 
  • El artículo 11 de la Ley 26821 (Ley Orgánica para el Aprovechamiento de los Recursos Naturales) señala que la zonificación ecológica y económica del país se aprueba a propuesta de la presidencia del Consejo de Ministros, a fin de evitar conflictos de superposición de títulos y usos inapropiados, en base a áreas prioritarias. 
  • El Art 3 de la ley 26505 dice: “Las garantías previstas en los Artículos 70º y 88º de la Constitución Política significa que por ningún motivo se podrá imponer limitaciones o restricciones a la propiedad de las tierras distintas a las establecidas en el texto de la presente Ley. Las áreas naturales protegidas por la Ley Forestal y de Fauna Silvestre mantienen su intangibilidad. Se mantienen igualmente vigentes las normas referidas a la protección del patrimonio inmobiliario de carácter, histórico y arqueológico del país”. 

 

Por: Luis Omar Paredes

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