02 diciembre 2020 | 09:02 am Por: José Carlos León Carrasco | jcleon@agraria.pe

Departamentos comprendidos son Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca y Áncash

Gobierno declara estado de emergencia por déficit hídrico en 6 departamentos y 181 distritos del norte peruano

Gobierno declara estado de emergencia por déficit hídrico en 6 departamentos y 181 distritos del norte peruano
Ejecutivo implementará medidas de excepción de carácter inmediato y necesario de reducción de muy alto riesgo existente.

(Agraria.pe) A través del Decreto Supremo N° 185-2020-PCM, el Gobierno decretó el Estado de Emergencia por déficit hídrico por 60 días en 181 distritos de 38 provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca y Áncash.

Durante este periodo se ejecutarán medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente por el déficit hídrico, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite.

Los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca y Áncash, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento permanente del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud; del Ministerio de Educación; del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; del Ministerio del Interior; del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación, en caso amerite.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo con las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

La implementación de las acciones previstas en el Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.

Dato

. En los considerandos del decreto se señala los reportes del Indeci que informan la magnitud del déficit hídrico identificado, la demanda de la adopción de medidas urgentes que permitan a los gobiernos regionales de esos seis departamentos y los gobiernos locales involucrados, con la coordinación con el Indeci y los ministerios involucrados, la ejecución de medidas de excepción para atender la emergencia.

. Si desea conocer las provincias y distritos comprendidos en el Estado de Emergencia por déficit hídrico, siga al siguiente enlace:   Decreto Supremo N° 185-2020-PCM,

 

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