En el encuentro participaron funcionarios públicos y privados
Por: Redacción
Lima, 14 de mayo 2014 (Agraria.pe) El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) se reunió el último lunes con representantes de los sectores público y privado con el objetivo de discutir la manera en que se implementará la recientemente aprobada ley N° 30190, que modifica la ley General de Sanidad Agraria (D.L. N° 1069).
La nueva ley, publicada el 9 de mayo pasado, señala que las personas naturales o jurídicas que desarrollen cultivos y las organizaciones de productores agrarios podrán importar directamente plaguicidas de uso agrícola, para consumo propio y de sus asociados. Asimismo, faculta al Senasa a aprobar los procedimientos que permitan efectuar actividades de vigilancia y control de estos productos desde su importación hasta su uso en campo, adoptando las medidas sanitarias y estableciendo las sanciones correspondientes a quienes infrinjan la presente disposición.
A la reunión, celebrada en la sede del Senasa en Lima, asistieron representantes de los ministerios de Ambiente, Comercio Exterior y Salud, quienes junto a los funcionarios del Senasa manifestaron diversas opiniones respecto al enfoque que debería adquirir el procedimiento para la importación de agroquímicos en nuestro país.
En esta primera reunión los representantes del Ministerio del Ambiente manifestaron que se debe garantizar que el ingrediente activo que se importe no exceda la categoría toxicológica establecida por el Senasa. Además, que se debe incluir como obligación del Senasa que esta institución publique en su página web los ingredientes activos (con registro), categoría toxicológica y dosis de uso.
Los representantes del sector salud señalaron que el procedimiento debe contener una disposición, clara y precisa, que garantice las buenas prácticas de almacenamiento. También opinaron que se deben adoptar medidas que impidan que los productos importados se comercialicen, dictando las sanciones correspondientes para quienes incumplan esta medida e incidieron en que el producto que se importe no debe estar prohibido en el país de origen.
Por su parte, los representantes de Mincetur solicitaron que se debe garantizar la confidencialidad de la información de los expedientes administrativos registrados y que no se deben otorgar registros en base a información confidencial de productos registrados.
En su oportunidad, el parlamentario Tomás Zamudio, miembro titular de la Comisión Agraria del Congreso y autor de la mencionada nueva ley, manifestó que esta norma beneficiará a aproximadamente 3 millones de agricultores. El congresista pidió que los productos que se importen por las facultades de la ley sean evaluados previamente por el Senasa, ya que corresponde a esta entidad monitorear y controlar estos productos de importación para su uso en el campo.
Los representantes de los sectores involucrados se comprometieron a finalizar sus aportes para que el Senasa -como autoridad responsable del tema- los consolide y remita la versión final para la aprobación respectiva. Se busca un consenso general para emitir el procedimiento respectivo.
Se dejó establecido que los productos a importar deberán contar con ingredientes activos que hayan sido evaluados previamente por el Senasa, con fines de registro y podrán tener diferente nombre comercial, país de origen, concentración y/o formulación distinta al producto registrado con ingrediente activo evaluado por la autoridad sanitaria.
Finalmente, se anunció que el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) mediante decreto supremo expedirá en un plazo de 60 días hábiles la reglamentación de esta ley.
Garantías
En conversación con Agraria.pe, el director ejecutivo del IPEH, Carlos Zamorano, opinó que para elaborar el procedimiento de importación directa de plaguicidas de uso agrícola se debería recoger la experiencia adquirida en los procesos que garantizan la inocuidad de los alimentos y la salud de las personas y del medio ambiente.
En ese sentido, destacó que el Minagri está trabajando en la elaboración de un reglamento -el cual según dijo se publicará pronto- para regularizar el asunto e informar a la Comunidad Andina (CAN) sobre la norma que regirá para la importación de agroquímicos, apenas se adopte la suspensión de la Decisión 436.
“Hay varias normas que esta nueva propuesta debe incluir: una, para el registro; otras, para la importación”, finalizó.
Dato
- Según informaron en Senasa, la reunión del lunes pasado es la primera de una serie, a la que serán invitados diferentes actores del sector privad.