15 septiembre 2022 | 09:29 am Por: Redacción

Se busca impulsar la participación de los estudiantes y egresados en la actividad agraria al Secigra Agrario

Crean Grupo de Trabajo Sectorial para elaborar propuesta del reglamento de la Ley Nº 31410, Ley que crea el Secigra Agrario

Crean Grupo de Trabajo Sectorial para elaborar propuesta del reglamento de la Ley Nº 31410, Ley que crea el Secigra Agrario
La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial está a cargo de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria del Instituto Nacional de Innovación Agraria, que proporciona el apoyo técnico y administrativo necesario para el cumplimiento de su objeto y funcionamiento.

(Agraria.pe) Mediante Resolución Ministerial N° 0368-2022-Midagri, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo Sectorial”, con el objeto de elaborar la propuesta del reglamento de la Ley Nº 31410, Ley que crea el Servicio Civil de Graduados para el Sector Agrario (Secigra Agrario).

Dicho grupo de trabajo, dependiente del Midagri, busca impulsar la participación de los estudiantes y egresados en la actividad agraria al Secigra Agrario.

El Grupo de Trabajo Sectorial tiene las funciones de elaborar y aprobar el cronograma de trabajo; así como elaborar la propuesta del reglamento de la Ley Nº 31410, Ley que crea el Secigra Agrario, para impulsar la participación de los estudiantes y egresados en la actividad agraria, y el dispositivo legal que lo apruebe.

Conformación del Grupo de Trabajo Sectorial
El Grupo de Trabajo Sectorial está conformado de la siguiente manera: El jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) o un representante, quien lo presidirá; el viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario o un representante; el director general de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria del INIA o un representante; el director general de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario del INIA o un representante.

Así como el director de la Dirección de Estadística e Información Agraria de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas o un representante; el director general de Desarrollo Agrícola y Agroecológica o un representante; el director de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias o un representante.

Los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial realizan sus funciones ad honorem y cuentan con un representante alterno.

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial está a cargo de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria del Instituto Nacional de Innovación Agraria, que proporciona el apoyo técnico y administrativo necesario para el cumplimiento de su objeto y funcionamiento.

Los representantes titular y alterno que conforman el Grupo de Trabajo Sectorial se acreditan ante la Secretaría Técnica mediante comunicación escrita, en el plazo de un día hábil posterior a la publicación de la presente Resolución Ministerial. La instalación del Grupo de Trabajo Sectorial se realiza en un plazo máximo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente hábil de publicada la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo Sectorial puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y/o aporte técnico de representantes del Ministerio de Educación, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como de otras entidades del Poder Ejecutivo, de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, del sector privado, de la sociedad civil organizada; así como de especialistas o personas expertas en la materia, nacionales o extranjeras, para lo cual deben ser acreditados mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro de los dos días hábiles previos a la fecha de la reunión convocada; su participación es con derecho a voz, pero sin voto.

El Grupo de Trabajo Sectorial tiene un plazo de vigencia de sesenta días calendario posteriores contados desde el día siguiente de su instalación. Al culminar el plazo señalado en el párrafo precedente, el Grupo de Trabajo Sectorial presenta un Informe Final sobre el cumplimiento de su objeto al Ministro de Desarrollo Agrario y Riego.

 

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