20 agosto 2020 | 10:53 am Por: Redacción

Conclusiones del Foro Virtual de Semillas

Autoridad de semillas debe tener una jerarquía similar a una Dirección General en el Minagri

Autoridad de semillas debe tener una jerarquía similar a una Dirección General en el Minagri
Conase no ha cumplido la función principal de proponer y opinar sobre los asuntos referidos a las políticas, planes, programas y acciones relativas a la investigación, producción, certificación y comercialización de semillas, señalaron algunos participantes.

(Agrara.pe) La Universidad Nacional Agraria La Molina (UNALM) y la Agencia Agraria de Noticias (Agraria.pe) realizaron el 12 de agosto pasado el “Foro Virtual de Semillas”, donde los actores del sector expusieron sobre el desarrollo histórico del sistema nacional de semillas, así como la situación actual del panorama de producción nacional, sus problemáticas y alternativas de solución.

En el evento participaron el director ejecutivo de la Asociación Peruana de Semillas (APESemillas), Óscar R. De Córdova; el director de la Sub Dirección de Producción Orgánica de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), Félix Oswaldo Maquera Cuayla; la especialista en Sistemas de Gestión de la Calidad e Inocuidad y en Gestión Pública del Senasa, Carlota Marengo Sandoval; así como las ingenieras agrónomas especialistas en Ciencia y Tecnología de semillas, Lucía Pajuelo Cubilllas y Susana Chumbiauca Mateo.

El foro llegó a diversas conclusiones, las cuales compartimos a continuación. Se debe observar que los representantes del Senasa no adhieren necesariamente a las ideas siguientes, pues su participación fue exclusivamente informativa:

  1. Las debilidades resaltadas en el foro por la Autoridad en Semillas se deben a una falta de jerarquización dentro de la estructura del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), quien por Ley es la autoridad competente. Las dos últimas décadas desde que se promulgó la Ley General de Semillas, Ley N° 27262, el 13-05-2000, fue delegada al Senasa, en 2009 al INIA y el 2020 nuevamente al Senasa. Es mandatorio que dicha jerarquización debe estar en un nivel de una Dirección General y que disponga de los recursos financieros mínimos para asegurar el cumplimiento de sus funciones con la finalidad de asegurar la disponibilidad, acceso y uso de semillas de calidad.
  2. La Comisión Nacional de Semillas (Conase) conformada por los actores del Sistema Nacional de Semillas, articulando al sector público y al sector privado, no ha cumplido “la función principal de proponer y opinar sobre los asuntos referidos a las políticas, planes, programas y acciones relativas a la investigación, producción, certificación y comercialización de semillas”. Desde fines de 2018 no se ha reunido, lo que obliga a que en la actualidad el Senasa, como nueva Autoridad en Semillas, en una de sus primeras acciones, convoque a la Conase, para que cumpla el mandato de la Ley.
  3. El Artículo 8.1 de la Ley General de Semillas indica que el Estado debe proponer y apoyar la investigación, en el área de obtención de nuevos cultivares, como en tecnología de semillas. Las nuevas herramientas desarrolladas por la biotecnología e ingeniería genética, como las semillas transgénicas y semillas editadas genéticamente, deben ser aplicadas en el mejoramiento innovador de los nuevos cultivares. Por tal razón se requiere una mayor inversión en el área e incentivos en el sector privado, priorizando aquellos cultivos de importancia para la seguridad alimentaria, como también aquellos con potencial de nuestra agrobiodiversidad.
  4. Los nuevos adelantos tecnológicos en semillas, particularmente los biotecnológicos, como el dinamismo del movimiento transfronterizo de las semillas, requiere regulaciones rápidas y con base científica y amerita una revisión y reactualización del marco legal vigente.
  5. La importación de semillas, principalmente de maíz amarillo duro, hortalizas y forrajeras de clima templado y tropical, son de gran importancia para el desarrollo social y económico del sector agropecuario del país. Siendo semillas de alta calidad, la regulación las ha clasificado en la Clase No Certificada. Por ello, es necesario que el marco legal de la homologación de las categorías de la semilla certificada procedente de otros países sea menos rígido en los trámites burocráticos, como para comercializarla como semilla certificada y se establezcan los requisitos por especie, país de origen y estándares de calidad.
  6. Los planes de desarrollo ganadero y agrario que ha implementado el Minagri, los Gobiernos Regionales y Locales constituyen las adquisiciones de mayor envergadura en lo que corresponde a semillas de especies forrajeras de clima templado y tropical; no obstante, es preocupante constatar que muchos de los procesos de adquisición no cumplen los estándares mínimos que aseguren la calidad de la semilla puestos a disposición de los agricultores. La Autoridad en Semillas enfoca especial atención a esto, realizando difusión, seguimiento y soporte a las entidades públicas, considerando que en estos meses se están llevando a cabo el mayor número de adquisiciones. Una sugerencia al respecto es que se inste a las entidades que realizan las adquisiciones para que incluyan en las bases las disposiciones establecidas en el marco legal en semillas.
  7. Instituciones privadas del Sistema Nacional de Semillas han expresado su sorpresa por la promulgación del DL N° 1387 que transfiere la Autoridad en Semillas al Senasa, sin consulta a la Conase que, según la Ley General de Semillas, es la Comisión Consultiva de Alto Nivel del Minagri, particularmente en momentos de inestabilidad política y desde marzo del presente año, con una de las peores crisis sanitarias y económicas que ha tenido el país. Asimismo, por no considerar al personal que laboró por más de diez años en este campo y que contaba con capacitación y especialización de la Autoridad en Semillas, lo que está originando dificultades administrativas, de servicios y planes de trabajo con el sector semillero. Se espera que las autoridades con menos burocracia y mayor visión de país reanalicen la situación. La Autoridad en Semillas debe fortalecer a la brevedad las competencias de sus especialistas a nivel nacional.
  8. La poca asignación de un presupuesto que permita a la Autoridad en Semillas realizar actividades de promoción y sensibilización en el uso de semilla de calidad, de control y fiscalización en el comercio de semillas, entre otras, ha tenido y tiene como consecuencia el bajo uso de semilla de calidad por los agricultores, insuficiente (hasta se puede decir mínimo) control y fiscalización en la semilla producida y certificada en el país. Las limitaciones señaladas hacen que el Estado no se encuentre cumpliendo con el Artículo N° 1 de la Ley general en Semillas, “Declárese de interés nacional las actividades de obtención, producción, abastecimiento y utilización de semilla de buena calidad”.
  9. Una de las brechas, base de toda mejora del sistema nacional de semillas, es la oferta de cursos, especializaciones, etc., a nivel de pre y posgrado en tecnología de semillas, tanto a nivel público como privado, que permita fortalecer las competencias de los técnicos y profesionales del agro.

 Puede ver el video completo del foro a continuación:

Etiquetas: Senasa , Unalm