Este régimen especial se aplica siempre y cuando se labore más de cuatro horas diarias en promedio, explicó.
(Agraria.pe) Un informe de la Sunat (Informe N° 143-2016) precisó que el aporte a la seguridad social de los trabajadores agrarios equivale al 4% sobre el total de la remuneración diaria (RD), que incluye la compensación por tiempo de servicios y las gratificaciones legales, aseguró el laboralista César Puntriano.
Explicó que este régimen especial se aplica siempre y cuando laboren más de cuatro horas diarias en promedio; y el salario se reajusta en proporción a los incrementos de la remuneración mínima vital (RMV), ascendiendo actualmente a S/ 33 aproximadamente.
Puntriano precisó que la remuneración del trabajador agrario no es equivalente a una remuneración integral (RIA) en la que se disgregan los componentes de la remuneración mensual (pago diario, CTS y gratificación) para propósitos del pago del aporte al seguro social agrario.
Otras condiciones
Puntriano detalló que los trabajadores agrarios tienen derecho a 15 días de vacaciones pagadas, así como al pago de una indemnización por despido equivalente a 15 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios, con un máximo de 180 remuneraciones diarias o su pago por fracciones.
Finalmente, anotó que este régimen no se aplica al personal administrativo de Lima y Callao.
Fuente: Gestión