14 abril 2014 | 08:53 am Por: Redacción

El gremio de los productores y exportadores agrícolas del Perú opina

AGAP: ‘LEY APROBADA POR EL CONGRESO ES UN MENSAJE POLÍTICO MUY FUERTE PARA LA CAN’

AGAP: ‘LEY APROBADA POR EL CONGRESO ES UN MENSAJE POLÍTICO MUY FUERTE PARA LA CAN’

El jueves pasado el Congreso de la República aprobó un decreto legislativo que modificó la Ley General de Sanidad Agraria, permitiendo a los agricultores -organizados o no- importar directamente agroquímicos genéricos de manera excepcional, para consumo propio. Con la modificación legal se cuestiona la sentencia emitida por el Poder Judicial el año pasado a favor de la implantación de la Norma Andina 436 en Perú, que congeló la importación de agroquímicos genéricos. 

 

Por: José Carlos León Carrasco

 

Lima, 14 de abril  2014 (Agraria.pe) El Decreto Legislativo Nº 1059,  aprobado por el Congreso de la República el jueves último, que modifica la Ley General de Sanidad Agraria y permite importar agroquímicos genéricos, es un mensaje ¨políticamente muy fuerte¨ de Perú a los países miembros de la Comunidad Andina (CAN), opinó el director ejecutivo del Instituto Peruano del Espárrago y Hortalizas (IPEH), Carlos Zamorano.

 

“Esta ley deja en claro la línea política que ha venido siguiendo y mantiene el Gobierno del Perú de defender la competitividad en el agro y en un punto muy importante como es la posibilidad de la importación directa de los plaguicidas para tener acceso a precios de mercados”, opinó Zamorano.

 

Zamorano destacó que el decreto no implica la anulación de la sentencia del Poder Judicial que impide la importación de agroquímicos genéricos por parte del Perú. Sin embargo, sostuvo que la norma, aprobada en primera votación y sin ningún voto en contra, ¨pone de manifiesto un pensamiento unánime¨ de quienes representan la política en Perú. 

 

“Evidentemente, lo que deja en claro esta ley es que esto es una batalla importantísima; una batalla de principio que se ha ganado. Pero la guerra sigue abierta. El tema de fondo es conseguir que se suspenda la aplicación de la Norma Andina N°436, al menos para el Perú”, manifestó.

 

Apoyo al AIU

 

Por su parte, el gerente general de la Asociación de Productores de Cítricos del Perú (Procitrus), Sergio del Castillo, señaló que la nueva norma mantiene la figura del Agricultor-impulsador-Usuario (AIU) en la legislación peruana.

 

“Básicamente lo que permite la norma es que los agricultores tanto asociados como de manera individual tengan acceso a comprar plaguicidas en el mercado internacional sin la necesidad de someterse al trámite engorroso de la desición N° 436 de la CAN, cumpliendo todos los controles, supervisiones y fizcalizaciones que ejercerá el Senasa para serciorarse que los productos que se importen se encuentren dentro de las especificaciones técnicas internacionales del producto para preservar el medio ambiente y la salud de las personas”, aseveró.

 

En ese sentido, señaló –como Zamorano- que el próximo paso que se debería dar es la suspensión de la Norma Andina N° 436 para que no esté en conflicto con el decreto recién aprobado. “El Congreso ha dictado la norma, que en términos legales tiene conflictos con la normativa andina. Por tanto, hay que modificar la normativa andina”, comentó.

 

Dato

 

. El Decreto Legislativo Nº 1059 precisa que para importar agroquímicos genéricos, los usuarios deberán presentar una declaración jurada que contenga el nombre comercial del producto a importar y su ingrediente activo, nombre del formulador del producto, el país de origen, el peso, la fecha de producción y de vencimiento así como el probable arribo, tipo y material del envase, los que serán previamente evaluados por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), por lo que corresponde a esta entidad vigilar y controlas estos productos desde su importación hasta su uso en el campo.