Reglamento busca que durante las elecciones de las Juntas de Usuarios se realicen procesos trasparentes. Además otorga a la ANA la fortaleza necesaria para que haga y cumpla su rol de supervisor, fiscalizador y sancionador
(Agraria.pe) “El Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua (Ley N° 30157) ordena totalmente el sector y eso es lo que buscamos”, señaló el viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), Jorge Luis Montenegro Chavesta.
Indicó que lo que se busca es que las elecciones de las Juntas de Usuarios sean procesos trasparentes, por eso en el reglamento se señala el voto universal.
Asimismo, dijo que con este Reglamento se otorga la fortaleza necesaria a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) para que cumpla su rol de supervisor, fiscalizador y sancionador.
“Nos interesa como Minagri que, a través de la ANA, se pueda garantizar el buen recaudo de la infraestructura de riego y el agua con el propósito que perduren en el tiempo y de esa manera poder generar riqueza para todos los productores”, sostuvo.
Jorge Luis Montenegro, señaló que en algunas Juntas de Usuarios, los directivos no han realizado inversiones en cuanto a mejoras a la infraestructura hídrica ni en acciones directas a la operación y mantenimiento del recurso (hídrico), motivo por el cual los agricultores se quejan y presentan las denuncias correspondientes, sin embargo no son escuchados por las autoridades correspondientes, por lo que con este reglamento empodera a la ANA para que aplique sanciones.
Dato
. El Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua (Ley N° 30157) fue publicado el 3 de abril, mediante el Decreto Supremo N° 005-2015-Minagri.