16 febrero 2018 | 08:39 am Por: Redacción

Resolución de Indecopi

Gloria, Laive y Nestlé fueron sancionadas por comercializar productos lácteos como si fueran leche

Gloria, Laive y Nestlé fueron sancionadas por comercializar productos lácteos como si fueran leche

La multa en total asciende a más de S/ 4 millones. Gloria informó a través de un comunicado que apelará la sanción.

(Agraria.pe) Las compañías Gloria, Laive y Nestlé Perú fueron sancionadas en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Indecopi, por infringir el deber de idoneidad y el derecho a la información.

Por empresas
A Gloria se le impuso una multa de S/1.8 millones (462,3 UIT) por sus productos bolsitarro y tetrapack de la marca Bonlé, y el producto Bolsitarro de la marca Pura Vida, que fueron denominados como leche, cuando no lo eran, afectando la expectativa de los consumidores al no recibir un producto conforme a sus intereses.

La CC3 resaltó que dichos productos contenían ingredientes que determinaban que el mismo no pueda ser considerado como leche, producto lácteo o producto lácteo compuesto, pudiendo generar confusión en el consumidor.

A Laive se le impuso una multa de S/1.8 millones (462.5 UIT) porque tres de sus productos en presentación caja tetrapack y uno en presentación bolsitarro también fueron denominados como leche cuando no lo eran.

La CC3 resolvió que las denominaciones empleadas no responderían a su verdadera naturaleza, según el Codex Alimentarius, puesto que emplearon grasa vegetal en la composición del producto, la misma que no es parte de los constituyentes de la leche, modificando su composición.

En el caso de la empresa Nestlé Perú, la multa fue de S/682.425 (168,5 UIT), por su producto Ideal Cremosita Light, en presentación de lata, pues estuvo denominado como leche evaporada, a pesar de que contenía grasa vegetal (que no es constituyente de la leche), lo que no es permitido por el Codex Alimentarius.

Este procedimiento sancionador fue iniciado de oficio, es decir, por iniciativa de la CC3. Fue resultado de la fiscalización llevada a cabo por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización (GSF) a nivel nacional, donde se hallaron indicios de que los nombres consignados en las etiquetas de los productos sancionados no se ajustarían a la normativa nacional ni al Codex Alimentarius.

Reacción
La respuesta de Gloria S.A. no se hizo esperar, y  la empresa dijo que la decisión ha sido "apelada oportunamente".

Agregó que en el caso de esta empresa, la multa fue impuesta en el 2017 y se encuentra pendiente de resolver por la segunda instancia de Indecopi.

Asimismo, reiteró su desacuerdo con esta sanción y dijo confiar en que será revertida en segunda instancia o en el Poder Judicial.

Fuente: elcomercio.pe

Etiquetas: lacteos
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