Se espera llegar a certificar en los tres primeros años a 30 mil pequeños productores.
(Agraria.pe) Con la finalidad de establecer los procedimientos y requisitos para la autorización de las entidades de certificación y fiscalización de la Producción Orgánica, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) publicó el Reglamento de Certificación y Fiscalización que regulará esta actividad.
El Decreto Supremo que modifica los artículos 5, 17 y 18 del Reglamento de la Ley N° 29196, Ley de promoción de la producción orgánica o ecológica, busca incorporar el Sistema de Garantía Participativo (SGP) como medio de certificación de los productos orgánicos de los pequeños productores destinados al mercado interno.
Asimismo, promoverá el desarrollo sostenible y competitivo de los pequeños productores de los 24 departamentos del país, sin embargo, en Apurímac, Lima, Huánuco, Ucayali, Huancavelica, Ayacucho, Junín, Loreto, Áncash, Cusco y Cajamarca, será casi de inmediato porque tienen constituido un SGP y necesitaban ser autorizados por el Senasa.
El Senasa autorizará y fiscalizará a las entidades de certificación que comprende tanto a los Organismos de Certificación, como al Sistema de Garantía Participativo, los cuales proporcionan una garantía creíble para los consumidores de productos ecológicos en nuestro país y el exterior.
Sello nacional
Del mismo modo, se crea el Sello Nacional de la producción orgánica a fin de garantizar que los productos orgánicos certificados cumplan las normas de la producción orgánica nacional. Las empresas podrán usarlo de forma voluntaria, quienes deben emplearlo previo a la comercialización de sus productos orgánicos. El Sello Nacional debe ser legible e indeleble y sus características son aprobadas por el Senasa.
En la actualidad son 3 mil los productores dedicados a la producción orgánica y con la norma se espera llegar a certificar, en los tres primeros años, a 30 mil pequeños agricultores y que cada región cuente con un SGP autorizado. Se proyecta que al año 2030 la medida alcance a 500 mil productores.
Además, solo los productos provenientes u originarios de una producción o importación certificada por una entidad de certificación autorizada por el servicio de sanidad agraria, podrán comercializarse como productos orgánicos en el mercado nacional.
El procedimiento de certificación de los productos orgánicos bajo el sistema de garantía participativo se realizará en el ámbito de la jurisdicción departamental donde fue autorizado por el Senasa y en donde se genera el producto.
De esta manera, se busca construir la confianza y credibilidad entre el productor y consumidor en los espacios de comercialización local, los consumidores diferenciarán los productos ecológicos y se podrán crear más espacios de comercialización para los productores que trabajan agricultura ecológica.
Ventajas del Reglamento de Certificación y Fiscalización
. Contar con un nuevo sistema de certificación orgánica para el mercado nacional
. Creación del sello nacional orgánico para identificar y diferenciar los productos orgánicos de los convencionales
. El Senasa suscribirá acuerdos de equivalencia de normas de producción orgánica con los principales mercados destino de nuestra producción orgánica como Estados Unidos, Unión Europea, Canadá y Japón.
. Reducir o eliminar los rechazos de las exportaciones de productos orgánicos peruanos.
. Los consumidores nacionales podrán contar con mayor oferta de productos orgánicos, libres de insumos químicos y contribuir con la salud de los peruanos.
. Los productos orgánicos son producidos con tecnologías limpias y amigables con el ambiente, por lo que contribuye con la sostenibilidad de los recursos naturales.
. Impondrá sanciones a las infracciones en la producción orgánica a las entidades de Certificación y Operadores orgánicos.