Por Laureano del Castillo, director ejecutivo del CEPES
(Agraria.pe) El reciente Pleno Agrario del Congreso, realizado en días pasados, aprobó varios proyectos vinculados a la agricultura. Sin embargo, se necesita revisar la frondosa legislación para brindar efectivo apoyo a la agricultura familiar. Uno de los varios proyectos que aún está pendiente de discusión es el relacionado al fortalecimiento de las facultades de fiscalización y sanción de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
La importancia del agua se ha hecho evidente en los últimos años. Para los agricultores esto ha sido siempre una verdad innegable, pues no es posible desarrollar sus actividades sin agua, se trate de cultivos o de crianza de ganado. En temporadas de sequía o donde el agua es escasa, como en la mayor parte de la costa peruana, la demanda por agua se vuelve un asunto vital. Podemos agregar que, en época de pandemia, asegurar la provisión de alimentos resulta aún más apremiante.
Por ello, resulta muy pertinente brindar a la Autoridad Nacional del Agua -ANA-, herramientas para que pueda ejercer sus funciones de fiscalización y control del adecuado uso de un bien tan valioso como el agua. La Comisión Agraria aprobó un dictamen sobre dos proyectos de ley (números 2195/2018 y 5946/2020) y se encuentra a la espera del dictamen de una segunda comisión antes de pasar al Pleno. El dictamen aprobado apunta a darle a la ANA facultades para ingresar (con autorización judicial) a los predios y propiedades particulares para poder cumplir con vigilar el cumplimiento de la Ley de Recursos Hídricos, vigente desde 2009. La razón de ello, como se expresa en un informe de la ANA remitido a la mencionada Comisión Agraria, sería:
(...) una de las grandes dificultades que se tiene para cumplir con la fiscalización es el ingreso a predios de propiedad privada, prueba de los dichos se manifiesta en la imposibilidad de realizar acciones previas de inspección y/o verificación para el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (PAS), así como para la ejecución de medidas administrativas dictadas dentro de un procedimiento administrativo sancionador conforme bien se detalla en la propuesta, debido a que los titulares de los predios impiden el ingreso al personal de las administraciones locales de agua.
No solo ello. En los casos en los que la ANA ha impuesto sanciones, como multas, una argucia frecuente de los infractores para evadir o demorar por años su ejecución, es el impugnar judicialmente la sanción. Por ello, adicionalmente, el proyecto de ley busca, como forma de evitar la impunidad, que de producirse una suspensión por esa vía se exija al infractor brindar garantías, como una carta fianza.
De aprobarse este proyecto y convertirse en ley, podrá empezar a atenderse el reclamo de los pequeños agricultores y agricultoras de zonas de escasez de agua, como Ica, que podrán entonces exigir a la ANA cumplir con su responsabilidad de vigilar el cumplimiento de las disposiciones de la referida Ley. Es que el agua es patrimonio de la Nación, como consagra nuestra Constitución.