03 julio 2015 | 09:36 am Por: Redacción

Procedentes de Bolivia

ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA IMPORTACIÓN DE CRISANTEMOS

ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA IMPORTACIÓN DE CRISANTEMOS

El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen, donde debe consignarse la declaración adicional, así como que el producto esté libre de la “Listroderes cositrosis”, tratamiento de inmersión pre embarque, entre otros.

(Agraria.pe) El Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) estableció requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de esquejes enraizados y esquejes sin enraizar de crisantemo (Chrysantemum spp.) de origen y procedencia de Bolivia.

Según una resolución directoral, se establece que el envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.

Asimismo, refiere que el envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen, donde debe consignarse la declaración adicional, así como que el producto esté libre de la “Listroderes cositrosis”, tratamiento de inmersión pre embarque. 

De igual modo, determina que los esquejes deberán venir libres de botones, flores, restos vegetales y sin tierra; si el producto viene con sustrato, este deberá estar libre de plagas, cuya condición será certificada por el país de origen y consignada en el Certificado Fitosanitario.

Además, el envío debe venir en envases nuevos y de primer uso, libre de cualquier material extraño al producto; y el importador deberá contar con su Registro de Importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente.

El dispositivo añade que deberá contar con la inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país; y el inspector del Senasa tomará una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal de dicho organismo, para descartar la presencia de plagas.

El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de tres meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por parte del Senasa a dos inspecciones obligatorias, y a una inspección obligatoria final.

Etiquetas: importaciones
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