(Agraria.pe) El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó el Procedimiento: Importación, Vigilancia y Control de Plaguicidas de Uso Agrícola para Consumo Propio (PRO-SIA-03), que entra en vigencia a partir del 16 de julio del 2021.
La norma indica que, “las personas naturales o jurídicas, que desarrollen cultivos, organizaciones de productores agrarios, podrán importar directamente, para consumo propio y de sus asociados, plaguicidas de uso agrícola, registrados ante el Senasa, presentando una declaración jurada que contenga el nombre comercial del producto a importar y su ingrediente activo, nombre del formulador del producto terminado, país de origen, peso neto, peso bruto, fecha de producción, de vencimiento y probable de arribo, tipo y material de envase”.
Asimismo, señala que, se faculta al Senasa para aprobar procedimientos, mediante resolución del órgano de línea competente, que permitan efectuar actividades de vigilancia y control de estos productos desde su importación hasta su uso en campo; adoptando medidas sanitarias, toxicológicas, eco – toxicológicas, medioambientales y agronómicas, e imponiendo las correspondientes sanciones, a quienes infrinjan esta disposición
La Resolución Directoral N°0042-2021-Midagri-Senasa-DIAIA, fue publicada el 13 de julio en el boletín de normas legales del diario El Peruano.
Fuente: Agro Perú Informa