(Agraria.pe) El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) declaró la emergencia fitosanitaria en el país ante la presencia de la plaga "Candidatus liberibacter solanacearum" en el cultivo de papa, mediante la Resolución Jefatural D000141-2024-MIDAGRI-SENASA-JN.
Se dispuso disponer que se intensifiquen las acciones de vigilancia fitosanitaria, cuarentena vegetal y control de la plaga Candidatus liberibacter solanacearum y su vector Bactericera cockerelli en el cultivo de papa, para lo cual se adoptarán diversas medidas, que no excluyen a otras que pueda establecer la Dirección de Sanidad Vegetal del Senasa.
La resolución publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que toda persona natural o jurídica se encuentra prohibida de movilizar en el territorio nacional tubérculos (papa) con fines de siembra o propagación desde los lugares de producción en los que se detecte positivo a la plaga.
Lugares afectados
Con ese fin, la Dirección de Sanidad Vegetal publicará en el portal institucional del Senasa (www.gob.pe/senasa) el anexo 01 “Ubicación de lugares de producción afectados”.
Toda persona natural o jurídica está obligada a informar al Senasa sobre la sospecha o presencia de Candidatus liberibacter solanacearum y su vector en los lugares de producción; eliminar las plantas y sus partes vegetativas de los campos de producción de papa con detección positiva de la plaga y las malezas hospedantes del vector en un radio de 1 km a partir del foco detectado.
Asimismo, implementar y ejecutar el Plan de Manejo Integrado de Plagas de acuerdo a los lineamientos de manejo integrado establecidos por el Senasa en las áreas afectadas por las plagas Bactericera cockerelli o Candidatus liberibacter solanacearum, así como en las áreas colindantes.
Puestos de control
El Senasa deberá implementar puestos de control, puntos de verificación u otras medidas de control para evitar que los tubérculos (papa) procedentes de campos de producción con detección positiva a la plaga la diseminen.
La resolución jefatural —que lleva la firma del jefe del Senasa (e), César de la Cruz Lezcano— dispone que las medidas fitosanitarias son de cumplimiento obligatorio para las personas naturales y jurídicas, pasajeros, transportistas y público en general relacionados con la producción, comercialización y movilización de tubérculos.