04 agosto 2023 | 12:00 pm Por: Redacción

Reglamento debe ser aprobado en un plazo máximo de 120 días

Midagri: el 10 de agosto vence plazo para recoger aportes al reglamento de ley de organizaciones de usuarios

Midagri: el 10 de agosto vence plazo para recoger aportes al reglamento de ley de organizaciones de usuarios
La ANA se encuentra en proceso de recopilación de la información enviada por las organizaciones de agua y usuarios no agrarios. Gobierno promulgó la Ley N° 31801 con el objetivo de regular la organización y funcionamiento de las OUAs previstas en la Ley N° 29338.

(Agraria.pe) El próximo jueves 10 de agosto vence el plazo para que las organizaciones de usuarios de agua y usuarios no agrarios envíen sus propuestas para la reglamentación de la Ley N° 31801, “Ley que regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos”, informó el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).

La Autoridad Nacional del Agua (ANA), a través de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, en coordinación con la Autoridad Administrativa del Agua (AAA) y Autoridad Local del Agua (ALA), trabajan en la conducción de este proceso de reglamentación, promoviendo la participación de los beneficiarios directos: directivos y usuarios, con aportes orientados a mejorar la gestión de la organización, según sus contextos y realidades.

En el Perú, las realidades de las organizaciones de usuarios de agua son muy diversas, no sólo en cuanto a su infraestructura hidráulica (canales, bocatomas, etc), sino también en lo relacionado a lo organizacional, existiendo algunas juntas de usuarios reconocidas, generalmente de sierra y selva, que ejercen un rol de representación, pero no cuentan con personal técnico, ni cobran tarifa de uso de agua o dicha cobranza es mínima; por lo que tienen limitaciones en el cumplimiento con las funciones y responsabilidades establecidas en la normatividad vigente.

Por tal motivo, la participación de las organizaciones de usuarios de agua y usuarios no agrarios, es importante en el análisis para la recopilación de aportes brindados, a través de un formulario de aportes generado y enviado por la ANA (https://forms.office.com/r/0H6NuKKPYh), producto de los cuales se elaborará una propuesta preliminar del Reglamento de la Ley N° 31801.

La primera disposición complementaria final de la Ley N° 31801, establece un plazo máximo e improrrogable de ciento veinte (120) días calendario, para la aprobación del reglamento mediante Decreto Supremo refrendado por la ministra de Desarrollo Agrario y Riego.

 

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