(Agraria.pe) El Gobierno peruano, a través del Decreto Supremo N° 020-2022-PRODUCE emitido por el Ministerio de la Producción (Produce), aprobó el Reglamento sectorial de inocuidad para las actividades pesqueras y acuícolas.
De acuerdo con la norma, se informó que dicha resolución entrará en vigencia en un plazo de 180 días calendario y su implementación estará a cargo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes).
El decreto supremo fue refrendado por los ministros de la Producción, de Salud, de Comercio Exterior y Turismo, y de Economía y Finanzas.
Con la aprobación del referido reglamento se evitará afectaciones en la producción pesquera y acuícola, se generará predictibilidad y mayor confianza en la comercialización.
También se hace más objetiva la acción fiscalizadora, se mejora la proporcionalidad de medidas administrativas (preventivas y punitivas), se impacta favorablemente en la rastreabilidad y se evita el cierre o restricciones de mercados. Todo esto, en un escenario que eleva el nivel de seguridad alimentaria y protege la salud pública.
Objetivo y aplicación
El reglamento sectorial tiene por finalidad fortalecer el marco jurídico vigente para el desarrollo de las actividades de la cadena productiva pesquera y acuícola en materia de inocuidad, en aras de proteger la salud pública.
Asimismo, se aplica a Sanipes y los operadores de la cadena productiva pesquera y acuícola, en todo el territorio nacional.
Quedan exceptuados los operadores de los centros de cultivo que se encuentran dentro de la categoría productiva de Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), los cuales deben cumplir los lineamientos sanitarios establecidos por Sanipes.