21 mayo 2020 | 09:10 am Por: Redacción

A través de la Resolución Ministerial Nº 0120-2020-Minagri

Aprueban procedimiento complementario para Operatividad del Fondo de Seguro Agropecuario 2020

Aprueban procedimiento complementario para Operatividad del Fondo de Seguro Agropecuario 2020
Se cofinanciarán los seguros agropecuarios aprobados vía Resolución Ministerial por el Minagri y aquellos que se comercialicen en el mercado, previa revisión y aprobación del Consejo Directivo del Fogasa.

(Agraria.pe) Mediante la Resolución Ministerial Nº 0120-2020-Minagri, el Poder Ejecutivo aprobó los procedimientos complementarios para Operatividad del Fondo en el otorgamiento de cofinanciamiento del Seguro Agropecuario 2020

Dichos procedimientos complementarios (Directiva N° 001-2020-CD/Fogasa) contienen diez rubros que incluyen tres anexos para el subsidio de las primas de los Seguros Agropecuarios, cuyas características son:

  1. a) Tipo de Seguro a cofinanciar: Los seguros agropecuarios aprobados vía Resolución Ministerial por el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) y aquellos que se comercialicen en el mercado, previa revisión y aprobación del Consejo Directivo del Fogasa.
  2. b) La modalidad de cofinanciamiento de primas: De acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2014-Minagri. El porcentaje del cofinanciamiento es 50% de la prima.
  3. c) El Seguro Agropecuario otorgado bajo la modalidad de cofinanciamiento está dirigido a pequeños productores agrícolas, cuyo límite individual no exceda de diez hectáreas y/o actividad pecuaria y cuyo valor asegurado o suma asegurada total no exceda las quince Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
  4. d) Las zonas o territorios geográficos a ser cubiertos por el Seguro Agropecuario son a nivel nacional.

 

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