(Agraria.pe) El Gobierno dispuso prorrogar el mandato de los consejos directivos de las organizaciones de usuarios de agua, de sus Comités de Administración Temporal y de los otros órganos de similar denominación establecidos por la Autoridad Nacional del Agua hasta el 31 de diciembre de 2025.
La medida fue oficializada el 5 de septiembre mediante Decreto Legislativo Nº 1642 y publicada en la gaceta de normas legales del diario El Peruano. La norma lleva la firma de la presidenta, Dina Boluarte; el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén y el titular de Desarrollo Agrario y Riego, Angel Manero.
La ampliación del mandato tiene por finalidad que las organizaciones de usuarios de agua continúen desarrollando sus funciones, atribuciones y obligaciones encomendadas por la normatividad vigente, a fin de garantizar el servicio público de suministro de agua a sus usuarios de agua.
"El presente Decreto Legislativo es de aplicación obligatoria, a nivel nacional, a todas las organizaciones de usuarios de agua reconocidas por la Autoridad Nacional del Agua. De esta manera, nos estamos asegurando que el próximo año se lleve a cabo un proceso electoral transparente y con participación de la ONPE" precisó el titular del MIDAGRI, Angel Manero.
Además, la norma establece que la Administración Local de Agua de la ANA comunica, mediante oficio, la extensión de los mandatos de los Consejos Directivos, Comités de Administración Temporal y otros órganos de similar denominación de las organizaciones de usuarios de agua a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), para su respectiva inscripción.
También en mérito del presente dispositivo, la Administración Local de Agua de la ANA informa a las Comisiones y Comités de Usuarios que no cuentan con partida registral, mediante oficio, la disposición de la prórroga de los mandatos de los Consejos Directivos, Comités de Administración Temporal y otros órganos de similar denominación, para su acreditación.
En los fundamentos de la norma se señala que la extensión del mandato de las organizaciones de usuarios se hace para evitar que incurran en acefalías y sean afectadas sus labores de operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica bajo su administración, y de esta manera, permitir que continúen brindando el servicio público de suministro de agua a sus usuarios de agua.